El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Modificase el Art. 20 de la Ordenanza 53/92 inc. k, el que quedará redactado de la siguiente forma:
JUEGOS ELECTRONICOS, POR CADA UNO , MENSUAL……………….. $ 5.
MINIMO MENSUAL…………………………………………………………… $ 35.
Artículo 2º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.