El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y sujetas a expropiación de las parcelas cuyas nomenclaturas catastrales son: Circ. II, Sección L, Manzana 43, Parcelas 1,2,34,5,6,7,8,9,10,11,12,13 y 14, Manzana 44, Parcelas 3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14,15,16,17,18,19 y 20, de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz.
Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a destinar el predio a la construcción de la futura planta depuradora de líquidos cloacales, de la localidad de Los Cardales.
Artículo 3º: Las dimensiones y superficies definitivas surgirán del plano de mensura que deberá confeccionarse a efectos de regularizar la situación catastral y dominial de la mencionada obra.
Artículo 4º: Autorizase al D.E. a crear la Partida pertinente en el Presupuesto Municipal del Ejercicio que corresponda para imputar los gastos que demande la expropiación.
Artículo 5º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y cuatro.