El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declarase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección Ru, Parcela 1830, inscripción de dominio al Folio Nº 59/1920, según plano característica 31-16-45, como lote 1 a nombre de Ignacio Raver, Partida para el Impuesto Inmobiliario 1015.
Artículo 2º: El inmueble a que hace referencia el artículo 1º de la pre-vete Ordenanza, será afectado a la construcción de planes de viviendas de carácter social.
Artículo 3º: El dominio del inmueble a expropiar será transferido a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, a los efectos de destinarlo al fin previsto en el artículo 2º que antecede.
Artículo 4º: Los gastos que demanda el cumplimiento de la presente Ordenanza, serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.
Artículo 5º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Diciembre de dos mil nueve.
María Cristina Ponce de León
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Daniel Ruben Portillo
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