El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar los ingresos percibidos en concepto de A.T.P ( Aporte del Tesoro Provincial ) y A.T.N. (Aporte del Tesoro Nacional) a las obras de infraestructura que a continuación se detallan:
Reconstrucción de viviendas
Ampliación planta depuradora
Construcción Cordón cuneta
Ampliación red cloacal
Articulo 2°: El Departamento Ejecutivo procederá a la Ampliación de las Partidas en el Calculo de Recursos que se detallan como Anexo 1 de la Presente Ordenanza.
Articulo 3°: El Departamento Ejecutivo procederá a la Ampliación de las Partidas del Presupuesto de Gastos que se detallan como Anexo 2 de la presente Ordenanza.
Artículo 4º: De forma
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Diciembre de dos mil nueve.
María Cristina Ponce de León
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Daniel Ruben Portillo
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