Ordenanza Nº 083/09 – Estableciendo aporte voluntario de 7 pesos

Ordenanza Nº 083/09 – Estableciendo aporte voluntario de 7 pesos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°:  Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza 22/97, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Establecese un aporte voluntario, mínimo con posibilidad de un plazo de dos años, de $ 7. (siete pesos) bimestral por partida, para los contribuyentes que abonen la Tasa de Servicios Generales, de la zona rural. Este importe tendrá vigencia a partir de la primera cuota del año 2010”

Artículo 2°:  De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Diciembre de dos mil nueve.               

María Cristina Ponce de León
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 083/09.

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