El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1° Declarase como entidad de bien público, a la Asociación sin fines de lucro denominada O.N.G. Nuestra Señora de los Dolores “Esperanza de Vida”.
Articulo 2° El Departamento Ejecutivo tendrá a su cargo, la fiscaliza-ción de funcionamiento que realice la entidad reconocida en el Articulo 1º.
Articulo 3° De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Noviembre de dos mil ocho.