Ordenanza Nº 070/09 – Enajenación de Parcela a FORGITAL SOUTH

Ordenanza Nº 070/09 – Enajenación de Parcela a FORGITAL SOUTH

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a enajenar a favor de FORGITAL SOUTH AMERICA S.A., CUIT Nº 33-71052692-9, con domicilio en la calle Moreno Nº 1 de los Cardales, la superficie de Reserva Para Equipamiento In-dustrial propiedad de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, perteneciente al dominio privado identificada catas-tralmente como: Circunscripción II, Sección Q, Fracción I, Parcela 11, con una superficie de 9.870 metros cuadrados.

Articulo 2: Fijase el valor del metro cuadrado en la suma de $ 37 (pe-sos treinta y siete).

Articulo 3: Todos los gastos y honorarios que demande la transferen-cia a favor de la persona jurídica mencionada en el artículo 1º serán a cargo de esta ultima, sin implicar costos alguno al municipio.

Articulo 4: La empresa peticionante deberá ingresar en Tesorería Mu-nicipal el importe que arroje el cálculo de los metros cua-drados a adquirir, dentro de los 30 días corridos a la san-ción de la presente Ordenanza.

Articulo 5: El departamento Ejecutivo queda facultado para realizar la instrumentación legal de lo dispuesto.

Articulo 6: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exal-tación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Noviembre de dos mil nueve.          

María Cristina Ponce de León
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 070/2009.

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