El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a enajenar a favor de FORGITAL SOUTH AMERICA S.A., CUIT Nº 33-71052692-9, con domicilio en la calle Moreno Nº 1 de los Cardales, la superficie de Reserva Para Equipamiento In-dustrial propiedad de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, perteneciente al dominio privado identificada catas-tralmente como: Circunscripción II, Sección Q, Fracción I, Parcela 11, con una superficie de 9.870 metros cuadrados.
Articulo 2: Fijase el valor del metro cuadrado en la suma de $ 37 (pe-sos treinta y siete).
Articulo 3: Todos los gastos y honorarios que demande la transferen-cia a favor de la persona jurídica mencionada en el artículo 1º serán a cargo de esta ultima, sin implicar costos alguno al municipio.
Articulo 4: La empresa peticionante deberá ingresar en Tesorería Mu-nicipal el importe que arroje el cálculo de los metros cua-drados a adquirir, dentro de los 30 días corridos a la san-ción de la presente Ordenanza.
Articulo 5: El departamento Ejecutivo queda facultado para realizar la instrumentación legal de lo dispuesto.
Articulo 6: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exal-tación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Noviembre de dos mil nueve.
María Cristina Ponce de León
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Daniel Ruben Portillo
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