El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a exceptuar del código de zonificación y otorgar con carácter excepcional la habilitación de las canchas de tenis ubicadas en el Bº El Remanso, nomenclatura catastral Circunscripción III, Sección T, Quinta 32e, Parcelas 4 y 12.
Articulo 2°: La autorización dispuesta en el artículo anterior comprende la habilitación de la confitería y restaurante, limitando su actividad únicamente para proveer servicios dentro del horario que fije el Departamento Ejecutivo, quedando prohibido la realización de eventos, fiestas, espectáculos o amenidades en cualquiera de sus formas.
Articulo 3º: De Forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Agosto de dos mil nueve.