Ordenanza Nº 018/94 – Ordenanza Nº 12-93 Modificacion Art. 3º y 7º

Ordenanza Nº 018/94 – Ordenanza Nº 12-93 Modificacion Art. 3º y 7º

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modificase la Ordenanza Nº 12/93 en los Artículos que ha continuación se detallan, los que quedarán redactados de la siguiente forma:

Artículo 3º: El monto de dichas Becas en su totalidad no superara el valor de $ 1200 (pesos) mensuales.

Artículo 7º: Los beneficiarios de las Becas Municipales a nivel terciario deberán certificar su carácter de alumno regular con una periodicidad de seis meses.

Artículo 2º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún  días del mes de Junio de mil novecientos noventa y cuatro.

Registrada Bajo el Nº  18/94

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