Ordenanza Nº 012/95 – Regimenes de Pago facultando a otorgar descuento de hasta 100%

Ordenanza Nº 012/95 – Regimenes de Pago facultando a otorgar descuento de hasta 100%

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Facultase al Departamento ejecutivo a establecer un descuento adicional de hasta el 100% del porcentaje establecido en los regímenes de facilidades de pago vigentes, para aquellos casos que reúnan las siguientes características:

a) Se trate de terrenos baldíos.
b) Exista compromiso de edificación, de acuerdo con las características que la reglamentación determine, en un término no mayor de hasta tres años, de la fecha de regularización.
c) El pago se efectúe en hasta tres cuotas, la primera con la firma del respectivo convenio.
d) No se registren deuda del inmueble beneficiado en un plazo de cinco años, contados a partir de la firma del convenio.

Artículo 2º:  La falta de cumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en el Art. 1º, hará decaer los beneficios en forma automática.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo podrá incorporar al presente régimen a aquellos casos no contemplados a través de la correspondiente reglamentación, los cuales serán remitidos al H.C.D.

Artículo 4º: Facultase al Departamento ejecutivo a firmar convenios de condonación y/o exención de tasas Municipales, con aquellos propietarios de inmuebles afectados a obras de saneamiento hidráulico y/o de cualquier otro tipo, como asimismo a la prestación de servicios, en el Partido de Ex. de la Cruz. Las exenciones se otorgarán por un plazo máximo de cinco años.

Artículo 5º: Facultase al Departamento Ejecutivo a adquirir el predio donde se encuentra el deposito de residuos y tosquera de la Municipalidad, pudiendo otorgar exenciones impositivas de hasta diez años en concepto de pago.

Artículo 6º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cinco.

Registrada Bajo el Nº 12/95

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