El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Ratifícase el Convenio celebrado entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por una asistencia financiera para la construcción de 5 módulos de vivienda completa de 52 m2, en el Partido de Exaltación de la Cruz, con fecha 11 de Mayo de 1995, cuya copia se adjunta.
Artículo 2º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de Junio de mil novecientos noventa y cinco.