Ordenanza Nº 054/96 – Ordenanza Nº 07-96 Restableciendo Beneficios

Ordenanza Nº 054/96 – Ordenanza Nº 07-96 Restableciendo Beneficios

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Restablécese los beneficios de la Ordenanza Nº 7/96, a partir de la fecha de promulgación de la presente.

Artículo 2º: El régimen citado regirá hasta el 31 de Diciembre de 1996. Este plazo podrá ser prorrogado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 3º: En función del criterio fijado por el Departamento Ejecutivo, en cuanto a la interpretación del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 7/96, en el caso de que se trate de deudas anualizadas, si el contribuyente comprobara fehacientemente el pago de determinadas cuotas, el monto recalculado surgirá de multiplicar el número de cuotas impagas por el valor actual de dichas cuotas.

Artículo 4º: Suspéndese la aplicación de las Ordenanzas de regularización de deudas de alumbrado, limpieza y conservación de la Vía Pública y otros servicios indirectos, excepto la Ordenanza Nº 12/95, durante la vigencia de la presente. Los beneficios de esta Ordenanza y los establecidos por la Ordenanza Nº 12/95 no pueden ser aplicados en forma conjunta.

Artículo 5º: Establécese un descuento del 10% (diez por ciento) por pago hasta en seis cuotas.

Artículo 6º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a reglamentar todos los aspectos no previstos en la presente.

Artículo 7º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y seis.

Registrada bajo el Nº 54/96

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