Ordenanza Nº 043/96 – Utilidad Publica declaracion de inmuebles en Los Cardales

Ordenanza Nº 043/96 – Utilidad Publica declaracion de inmuebles en Los Cardales

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Declarase de Utilidad Pública y sujetos a Expropiación los lotes designados catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 161, Parcelas 12 y 13, ubicadas en la intersección de las calles Pueyrredón y 9 de Julio de la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz.

Artículo 2º El valor de la erogación que corresponda efectuar en cumplimiento del Artículo 1º, será el que resulte de la tasación emitida por la autoridad de aplicación correspondiente considerando los lotes libres de mejoras.

Artículo 3º Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 1º serán imputados a la partida que oportunamente se designe por parte del Departamento Ejecutivo.

Artículo 4º Derogase la Ordenanza Nº 64/84.

Artículo 5º De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Octubre de 1996.

Registrada bajo el Nº 43/96.

administrator