Ordenanza Nº 030/96 – Contratando Servicio Profesional para el Hospital

Ordenanza Nº 030/96 – Contratando Servicio Profesional para el Hospital

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Autorizase al Departamento Ejecutivo a llamar a Licitación Pública para contratar un Servicio Profesional para el Hospital Municipal San José destinado a:

a) Ejecutar y desarrollar los procesos de detección, facturación y cobranza de los Servicios Medico Asistenciales.
b) Capacitación del Personal para desarrollar la descripta en el Inc. a)
c) Asesoramiento permanente en materia Juridica, Contable Administrativa y Tributaria.

Artículo 2º El importe a abonar por la prestación de los servicios explicitados en el Artículo Nº 1 será de hasta un quince por ciento (15%) más el impuesto al Valor agregado, sobre el monto efectivamente percibido por el Hospital Municipal San José, estableciéndose un importe de quince mil pesos ($15000) mensuales de facturación que no generarán derecho a percibir honorario alguno a la empresa prestadora.
El importe resultante será abonado a los tres días de haberse percibido los importes facturados correspondientes.
El 15% será elevado por el IVA correspondiente.

Artículo 3º  El plazo de contratación será de cuarenta y ocho (48) meses con opción a doce (12) meses más.

Artículo 4º Al vencimiento del contrato los derechos de propiedad intelectual del software que se implemente, como asi también los manuales de procedimientos serán de exclusiva propiedad del Municipio.

Artículo 5º  De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de Agosto de 1996.

Registrada bajo el Nº 30/96.

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