Ordenanza Nº 022/96 – Alumbrado Publico Convenio con el EPRE para reestructuración

Ordenanza Nº 022/96 – Alumbrado Publico Convenio con el EPRE para reestructuración

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio de Préstamo con el Ente Provincial Regulador Energético de la Provincia de Buenos Aires, con destino a la reestructuración del alumbrado público en las localidades de Capilla del Señor y Los Cardales, que como Anexo 1 se adjunta a la presente.

Artículo 2º El Préstamo citado en el Artículo 1º reúne las siguientes características:

MONTO: $ 300.000.-
INTERES: 4% Anual sobre saldos. Sistema Francés.
PLAZO: Siete años y medio (7,5 años).
FORMA DE PAGO: Cuotas trimestrales y consecutivas. Primer pago a los 180 días de efectuado el primer desembolso.
GARANTIA: Podrán descontarse las sumas adeudadas de la coparticipación de impuestos provinciales.

Artículo 3º  La presente Ordenanza será elevada al Honorable Tribunal de Cuentas a los efectos de que éste se pronuncie sobre la legalidad de la operación y las posibilidades financieras de la comuna.

Artículo 4º El Departamento Ejecutivo deberá efectuar las modificaciones presupuestarias que correspondan, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza.

Artículo 5º De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Junio de 1996.

Registrada bajo el Nº 22/96.

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