El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º Apruébase el texto del ESTATUTO SOCIAL DEL CORREDOR PRODUCTIVO DEL NORESTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y el REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE ADEMINISTRACIÓN, que como anexo 1 forman parte integrante de la presente.
Artículo 2º De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Junio de 1996.