Ordenanza Nº 051/97 – Area Complementaria Desafectacion de Predio

Ordenanza Nº 051/97 – Area Complementaria Desafectacion de Predio

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Desaféctase del área complementaria al predio designado catastralmente como: Circunscripción 1 , Sección C , Chacra 6, Fracción 1, parcelas 1a, 1c, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, parte de la chacra 1 y 2 hasta 200 Mts. de la calle Independencia de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz.  

Artículo 2º: Desaféctase del área Rural al predio designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección Rural, Parcela 1312 del Partido de Exaltación de la Cruz.

Artículo 3º: Los inmuebles mencionados en los artículos 1º y 2º de la presente pasarán a integrar el área urbana de Capilla del Señor, con los siguientes indicadores urbanísticos:

 F.O.S.:  0,6.
 F.O.T:  1,4.
 PARCELA MÍNIMA:FRENTE:  12 mts.
 SUPERFICIE  300 m2.

Artículo 4º: De forma.  

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Noviembre de 1997.

Registrada bajo el Nº 52/97

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