El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a tomar licencias de las que hace referencia el Inciso 13 del Artículo 108 de la Ley Orgánica de Municipalidades Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias, durante el año 1998.
Artículo 2º: Las licencias deberán ser comunicadas al Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento.
Artículo 3º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y siete.