El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1° Otórguese 30 (Treinta) días de plazo, desde su fecha de vencimiento, para la renovación de las habilitaciones: comerciales, industriales y agropecuarias, como así también los permisos de autos de alquiler y/o similares.
Articulo 2° De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Delibe-rante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Septiembre de dos mil ocho.