El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Se prorroga por treinta (30) días el Periodo de Sesiones Ordinarias 2005 del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz de acuerdo a lo establecido en el Articulo N° 68 de la Ley Orgánica de las Municipalidades .-
Artículo 2°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Noviembre de dos mil cinco.