Ordenanza Nº 102/05 – Fomento Escuela -Empresa

Ordenanza Nº 102/05 – Fomento Escuela -Empresa

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: El Municipio de Exaltación de la Cruz eximirá en un 30 % de tasas que graven la actividad a aquellas empresas que capaciten técnicamente a adolescentes de entre 15 y 18 años con el domicilio en el Partido, cuatro horas por día durante 9 meses al año.-

Artículo 2°: Serán a cargo de las Empresas proveer un aula para la capacitación, proveer de uniformes a los alumnos, una comida por día, el transporte y seguro medico para los alumnos.-

Artículo 3°: Se autoriza al D.E. para la reglamentación de la presente.-

Artículo 4°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Noviembre de dos mil cinco.

Registrada Bajo el N° 102/2005.

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