El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1° Modificase el inciso a) del art. 7 de la Ordenanza 11/08 (Ordenanza Impositiva) el que quedara redactado de la siguiente forma:
a) Por mes: el ocho por ciento (8%) del sueldo base, para aquellos contibuyentes que no tuvieran personal afecta-do a la actividad.
Articulo 2° De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Septiembre de dos mil ocho.