Ordenanza Nº 043/98 – CEPRAL Autorizando al DE a suscribir acuerdo pra rescindir contrato

Ordenanza Nº 043/98 – CEPRAL Autorizando al DE a suscribir acuerdo pra rescindir contrato

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1° Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con la Cooperativa Eléctrica y de Tecnificación Agropecuaria, Parada Robles, Arroyo de la Cruz Limitada, en adelante C.E.P.R.A.L., un acuerdo de partes para rescindir el contrato de Concesión para la prestación del servicio público de distribución de energía celebrado en virtud de las disposiciones de la Ordenanza N° 82/71.

Artículo 2° Otórgase a la C.E.P.R.A.L. la concesión para la prestación del servicio público de distribución y suministro de energía eléctrica en el Partido de Exaltación de la Cruz, en los términos de la Ley 11.769 y su Decreto Reglamentario N° 1208/97.
 
Artículo 3°
Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Cooperativa C.E.P.R.A.L., el nuevo Contrato de Concesión para la prestación del servicio público de distribución y suministro de energía eléctrica, en el área de concesión señalada dentro del mismo, en el Partido de Exaltación de la Cruz, conforme al modelo obrante en el Anexo I del decreto Reglamentario N° 1208/97, publicado en el Boletín Oficial N° 23.395 del 14 de Julio de 1997, ya que se ha otorgado a la concesionaria y que se encuentra debidamente acreditada, la licencia técnica exigida por el régimen vigente.
Se considerara parte de la presente Ordenanza el texto completo de la Ley N° 11.769, Decreto Reglamentario 1208/97 y sus respectivos anexos. El Contrato deberá formalizarse por instrumento público una vez promulgada la presente Ordenanza.

Artículo 4°
De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Octubre de 1998.

Registrada Bajo el Nº 43/98

administrator