Ordenanza Nº 037/98 – Ordenanza Nº 71-96 Derogando Art. 3

Ordenanza Nº 037/98 – Ordenanza Nº 71-96 Derogando Art. 3

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1° Derógase el Artículo 3º de la Ordenanza 71/96. Esta Ordenanza surtirá efecto para todas las subdivisiones que no hayan cumplimentado en su totalidad, los trámites para la aprobación de las mismas.

Artículo 2° Modifícase el Artículo 4° de la Ordenanza N° 71/96, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 4: Autorízase al Departamento Ejecutivo a establecer un descuento de hasta un treinta por ciento (30%), por partida, en concepto de Tasas de Alumbrado, Limpieza, Conservación de la Vía Pública, y Conservación Vial y otros Servicios Indirectos, y/o las que las complementen o sustituyan, para los primeros seis bimestres posteriores a la aprobación del correspondiente loteo, o hasta la transferencia de dominio, el momento que fuere anterior.
Vencidos los plazos pertinentes el Departamento Ejecutivo procederá a facturar los importes que correspondan de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Impositiva vigente.

Artículo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Septiembre de 1998.

Registrada Bajo el Nº 37/98

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