El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción: IV, Sección: H, Manzana: 120, Parcelas: 8 y 9, Partidas Inmobiliarias: 15965 y 15966 respectivamente, del Partido de Exaltación de la Cruz.
Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio de los inmuebles a que se refiere el Artículo anterior
Artículo 3º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.