Ordenanza Nº 043/99 – Ordenanza Impositiva Estableciendo reduccion del 50% al inc. b Art. 8

Ordenanza Nº 043/99 – Ordenanza Impositiva Estableciendo reduccion del 50% al inc. b Art. 8

El Honorable C2009-11-25oncejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Establécese una reducción del cincuenta por ciento (50%) al importe establecido por el Inc. b) del Artículo 8, de la Ordenanza Impositiva N° 53/92 y su modificatoria N° 36/98, a partir de la vigencia de la misma.

Artículo 2º: La reducción a que hace referencia el Artículo 1°, sólo será aplicable a aquellos contribuyentes que se encuentren al día en el pago de la Tasa, o que hayan suscripto un Convenio de Pago, y el mismo no haya perdido o pierda vigencia.

Artículo 3°: La reducción a que hace referencia el Art. 1°, solo será aplicable en los casos en que los contribuyentes cumplan con la totalidad de las legislaciónes vigentes, elevando al Honorable Concejo Deliberante cualquier caso extraordinario que merezca un análisis particular.

Artículo 4°: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Agosto de 1999.

Registrada Bajo el Nº 43/99

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