Ordenanza Nº 024/08 – Modificación de la Ordenanza 100-07 y derogación Ordenanza 06-07 zonificación

Ordenanza Nº 024/08 – Modificación de la Ordenanza 100-07 y derogación Ordenanza 06-07 zonificación

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º: Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza 100/07, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Capilla del Señor:

Artículo 1º: Desaféctase de la Zona Residencial Exclusiva Extraurbana (XREbb) de la Localidad de Capilla del Señor a los predios denominados catastralmente como: Circ. II, Secci?n Rural, Parcelas 415d, 415c, 415f, 428, 429, 430, 432, 433, 434, 435, 486, 487, 488, 489, Circunscripción III, Sección E, Par-celas, 565, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, Circuncripción III, Sección Rural, Parcela 603 (excluido su frente a Ruta Nº 39) el cual se encuentra afectado a zona (XEVb); Circunscripción V, Sección Rural, parcelas 1193a, 1215, 1237, 1238a, 1251, 1252a, 1252b, 1254, 1255, 1256a, 1256b, 1258a, 1258b, 1258c, 1258d, 1258e, 1258f, 1258g, 1258h, 1258i, 1258j, 1259a, 1259b, 1259c, 1259d, 1260a, 1260b, 1260c, 1260d, 1260e, 1261a, 1261b, 1261c, 1261d, 1262a, 1262b, 1262c, 1262d, 1263b, 1263c, 1263d, 1263e, 1263f, 1265a, 1265b, 1265c, 1265d, 1266, 1267, 1269, 1270, 1271, 1272, 1273, 1274, 1276a, Circuncripción VI, Sección A, Parcelas, 1352, 1353, 1354, (excluido 200mts. con frente al Camino a Diego Gaynor, manteniendo el uso existente).

Articulo 2º:
  Modificase el Articulo 11º de la Ordenanza 100/07, el que quedara redactado de la siguiente manera:
 
Localidad Parada Robles:

Articulo 11º:  Se establece para los predios afectados a Zona XREbb2, (Parcelamiento Especial) denominados catastralmente como: Circ. III, Parcelas 644b, 644c, 644d, 645b, 645c, 646, 668c, 668d, 668e, 668f, 668g, 670a, 671 a, 672, 673, 674, 675, 693d, 694a, 694c, 694d, 695a, 710b, 714 a, 715 a, 716, 717 a, 717b, 718, 719, Circ. IV, Parcelas 723, 724 a, 726 a, 727 a, 725 a, 725 d, 734 a, 734 b, 735, 736a, 736b, 736c, 736d, 737, 738, 739, 740, 741, 756, 757, 758a, 758b, 759a, 767a, 768 a, 768 b, 769a, 771a, 771b, 774h, 774k, los siguientes indicadores urbanísticos:

Subdivisión del suelo:
Lote mínimo para nuevas subdivisiones
Frente mínimo: 40 metros
Superficie: 5.000mts2.
 
 Incorpórase a la zona XREbb2, (Parcelamiento Especial), Circunscripción VI, Parcelas 1430b, 1430c, 1458a, 1458b, 1471d, 1471e, 1471f, 1466b, adoptando los indicadores citados en el parrafo presedente.
  Solo se podrá admitir un 20% de la superficie total, parcelas de dimensiones actuales (Ancho 30mt. Superficie: 1500mt2.) para la zona XREbb, cuando el emprendimiento supere las 100has.
El resto de los indicadores mantendrán los índices urbanísticos establecidos en el Código de Ordenamiento Territorial ó Ordenanza 60/97 y sus modificatorias.

Articulo 3º: Modificase el Articulo 12? de la Ordenanza 100/07, el cual quedara redactado de la siguiente manera :

Localidad de Pavón:

Articulo 12º:  Desaféctase del Area Urbana, Zona Residencial Dominante (RDb1) de la localidad de Pavón a los predios denominados catastralmente como: Circunscripción. II, Sección P,  manzanas 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 139 y 140.

Localidad de la Lata

Artículo 12bis. Desaféctase del Area Urbana, Zona Residencial Dominante (RDb1) de la localidad de La Lata a los predios denominados catastralmente como: Circunstripción V, Sección. M, manzanas 1,2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22.

Artículo 4º:  Incorporase el Artículo 13? bis. A la Ordenanza 100/07: Aféctase a la Zona Agropecuaria de la localidad de La Lata, a los predios citados en el artículo 12ºbis que antecede.

Articulo 5º: En caso de producirse diferencia en la mención de los inmuebles indicados en la presente, tendrá validez la designación según planos catastrales.

Artículo 6º:  Derógase la Ordenanza 06/08.

Articulo 7º: 
De Forma.

Dado en  la Sala  de Sesiones del  Honorable  Concejo  Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil ocho.

Registrada Bajo el N° 024/08.

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