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Ordenanza N°2863-22 – Servicio internet Barrios Parque Exaltacion y Los Pinos.


                                                     Correspondiente Expediente N°4036-1129/2022-HCD  

                                                     
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    AUTORIZAR a ParkNet SRL al uso del espacio público para instalación de Postes y tendido de cables de fibra óptica para la prestación de servicio de internet en Barrio Parque Exaltación y Barrio Los Pinos.-

ARTICULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de mayo de 2022.-

Registrado como Ordenanza N°2863/22.-

Ordenanza N°2862-22 Creacion VIVERO MUNICIPAL


                                                       Correspondiente Expediente N°4036-1113/2022-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    CREAR dentro del ámbito de la MUNICIPALIDAD DE EXALTACION DE LA CRUZ, el VIVERO MUNICIPAL, el cual estará dentro de la órbita de la Dirección de Producción y Medio Ambiente, dentro del marco de la Ley 12.276.-
    
ARTÍCULO 2°    SERAN objetivos del VIVERO MUNICIPAL, la ejecución de programas de forestación, reforestación, restauración de ecosistemas estratégicos, que preserven el recurso hídrico y el ornato público.
Forestar, reforestar y/o restaurar los ecosistemas estratégicos y proporcionar material para la protección de las diferentes fuentes hídricas.
Valorizar los diferentes cascos urbanos del Distrito y preservar los elementos naturales del ambiente.-
    
ARTÍCULO 3°    El Vivero Municipal, tendrá como objetivo específico la producción de especies adecuada para los Espacios Públicos, veredas, clubles y/o huertas familiares.
Producción de árboles adecuados para la implantación de cortinas forestales, en distintas zonas urbanas, suburbanas, rurales, que sirvan a la protección del viento.
Democratizar los conocimientos disponibles sobre el arbolado urbano y su rol en la mejora de calidad de vida en el barrio y la ciudad donde vivimos.
Generar un programa de planificación y manejo de arbolado urbano acorde a las necesidades de los distintos centros urbanos.-

ARTÍCULO 4°    El presente Proyecto contempla que a mediano plazo se pueda abastecer de la dotación de plantas necesarias para los distintos planes de forestación y/o reforestación que lleve adelante la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 5°    La creación del Vivero Municipal, permitirá crear, remodelar, y mantener Espacios Verdes, como así también comenzar con trabajos de forestación y reforestación en la vía publica.-
    
ARTÍCULO 6°    El vivero que se crea por el Artículo 1° de la presente contara con un responsable técnico, y personal para el mantenimiento y trabajo diario dentro del vivero.-
    
ARTÍCULO 7°    Las funciones y misiones del Vivero Municipal, podrán ser establecidas por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante Decreto Reglamentario.-
    
ARTÍCULO 8°    El vivero funcionara dentro del predio que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, posee sobre la Ruta Provincial 193 km. 17, denominado “El Corralito”.-
    
ARTÍCULO 9°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de

Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil veintidós.-

Registrado como Ordenanza N°2862/22.-

Ordenanza N°2861-22 Autorizacion espacio aereo BROADBANTECH

                                                        Correspondiente Expediente N°4036-1100/2022-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    AUTORIZASE, por el termino de tres (3) años contados a partir del 1 de junio 2021 a la empresa BROADBANTECH S.A. inscripta bajo el Número 9139 del Libro de Sociedades por Acciones en la Inspección General de Justicia el 29/05/2000, CUIT N°30-70729176-8 con domicilio social en  Junín 1596 piso 6° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a utilizar el espacio aéreo en el Partido de Exaltación de la Cruz, para la instalación, puesta en funcionamiento y explotación de un sistema mixto de circuito cerrado de televisión por Cable e Internet Banda Ancha.-   
    
ARTÍCULO 2°    La autorización conferida en el Artículo 1° de la presente, queda condicionada al cumplimiento de las Disposiciones Generales establecidas en la Ordenanza Municipal 023/91, y a las Disposiciones que establezca el ENACOM, a las siguientes clausulas particulares:

1)    Instalación y provisión de Internet en forma gratuita a los Establecimientos Escolares del Partido.
2)    Cesión en propiedad a favor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, en forma gratuita y de uso exclusivo, de seis (6) hilos de fibra óptica sobre el tendido de fibra óptica.
3)    Provisión de televisión por cable en forma gratuita al Hospital San José, a partir de la promulgación de esta Ordenanza.
4)    Provisión de Internet Banda Ancha y Televisión por cable a los     Cuarteles de Bomberos Voluntarios de Exaltación de la Cruz
    
ARTÍCULO 3°    La autorización conferida en el Artículo 1° de la presente es de carácter intransferible y de uso exclusivo de la Persona Jurídica mencionada.-
    
ARTÍCULO 4°    El incumplimiento a lo dispuesto en la presente y la Ordenanza Municipal 023/91 y sus normas reglamentarias, dará derecho a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a revocar la presente concesión.-
    
ARTÍCULO 5°    AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar los aspectos no previstos en la presente, notificando de la misma al Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 6°    REGISTRESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

ARTICULO 7°   DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil veintidós.-

Registrado como Ordenanza N°2861/22.-

Ordenanza N°2860-22 – Mejoramiento Vial y Peatonal A.San Martin Los Cardales

                                                                 

                                                                    Corresponde Expediente 4036-1101/2022HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    AUTORIZAR al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a realizar CONTRATACION DIRECTA, en el marco de la Obra de Mejoramiento Vial y peatonal Av. San Martin de Los Cardales, por la suma de pesos treinta y cuatro millones novecientos noventa y cinco mil quinientos veinte con 98/100 ($34.995.520,98), de acuerdo a lo establecido por el Articulo 156, Inc.5 del Decreto Ley 6759/58 (t.v.)-Ley Orgánica de las Municipalidades.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil veintidós.-

Registrada como Ordenanza N°2860/22.-

Ordenanza Nº2859-22 – Excepción al Código de Zonificación a favor de Shi Jie

Corresponde Expediente Nº 4036-1117/2022-HCD

    
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
                                                             

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    DEROGUESE Ordenanza N°2843/21.-
    
ARTÍCULO 2° 
   OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de un año (1 año) a favor de SHI JIE; titular del D.N.I. N°96.023.836, quien instalara un emprendimiento del rubro “supermercado”, ubicado en Ruta 39 km. 2 de la localidad de Pavón, en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción III, Parcela 618, Partida Inmobiliaria N°2146, Partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTICULO 3°    DE FORMA.-
 
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres  días del mes de mayo de 2022.-         

Registrado como Ordenanza N° 2859/2022.-

Ordenanza Nº2858-22 – Excepción al Código de Zonificación a favor de Amilaga Monica Beatriz

 Corresponde Expediente Nº 4036-1116/2022-HCD

    
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de un año (1 año) a favor de la Sra. AMILAGA Mónica Beatriz; titular del D.N.I. N°16.597.056, para la instalación de un comercio, rubro “peluquería”, sito en la calle Constitución 635 de Capilla del Señor, en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción I, Sección B, Manzana 30, Parcela 11, Orden N°1591 de la localidad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres  días del mes de mayo de 2022.-

Registrado como Ordenanza N°2858/2022.-

 

Ordenanza Nº2857-22 – Excepción al Código de Zonificación a favor de Fabiana Señeriz

Corresponde Expediente Nº 4036-1115/2022-HCD

    
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA
 

ARTÍCULO 1°    OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de un año (1 año) a favor de la Sra. SEÑERIZ, Alicia Fabiana; titular del D.N.I. N°21.592.497, quien instalará un emprendimiento del rubro “Salfina Lomiteria Artesanal, elaboración y venta de comidas y bebidas en establecimiento con servicio de mesa y/o mostrador” sito en Ruta 192 km. 21.300, la siguiente ubicación catastral: Circunscripción IV, Sección G, Manzana 18, Parcela 15  de la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres  días del mes de mayo de 2022.-

Registrado como Ordenanza N°2857/2022.-

Ordenanza N°2856-22 – Excepción al Código de Escrituracion Social a favor de ARIAS LAURA ELISABET

Corresponde Expediente Nº 4036-1103/2022-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°
Declárese de interés social la Escrituración del bien desligando catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 149, Parcela 7b, Partida Inmobiliaria 10957, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-52231/2022 a nombre de ARIAS LAURA ELISABET.-
    
ARTÍCULO 2° Requiérase a la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines de otorgamiento de la Escritura traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el artículo anterior.-
    
ARTÍCULO 3° Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.                                    
    
ARTICULO 4° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de abril de 2022.-

Registrado como Ordenanza N° 2856/22.-

Ordenanza N°2855-22 – Excepción al Código de Escrituracion Social a favor de GONZALEZ MONICA

Corresponde Expediente Nº 4036-1102/2022-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°
    Declárese de interés social la Escrituración del bien desligando catastralmente como: Circunscripción III, Sección P, Manzana 13, Parcela 10, Partida Inmobiliaria 031-4239, Folio 233 del año 1952 del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-51584/2021 a nombre de GONZALEZ MONICA.-
    
ARTÍCULO 2°    Requiérase a la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines de otorgamiento de la Escritura traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el artículo anterior.-
    
ARTÍCULO 3°           Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.                                    
    
ARTICULO 4°            DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de abril de 2022.-

Registrado como Ordenanza N° 2855/22.-

Ordenanza N°2854-22 – Excepción al Código de Zonificación a favor de Antonella Tomaro

Corresponde Expediente Nº 4036-1108/2022-HCD

    
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la EXCEPCION  al Código de Zonificación por el término de un año (1 año) a la Sra. TOMARO, Antonella; titular del D.N.I. N° 41.739.100, quien instalará un emprendimiento del rubro “Venta y depósito de materiales de construcción” sito en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción II-Sección Rural- Parcela 1928, Partida Inmobiliaria N° 031-003236-0 de la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires a los cinco días del mes de abril de 2022.-

Registrado como Ordenanza N°2854/22.-