Category Archive 2020

Ordenanza Nº 2708-20 – Excepción al Código de Zonificación a favor de Leopoldo Martin Melo

Corresponde Expediente Nº 4036-887/20-HCD

    
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de dos años (2 año) al Señor Melo, Martín Leopoldo,  titular del D.N.I. Nº 16.866.346 para la instalación de un comercio, rubro “Venta al por Menor de Artículos Nuevos NCP” y “Venta al por Menor  de Artículos Usados  NCP – excepto Automotores y Motocicletas” bajo el nombre  comercial “Tractores Robles” en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción Tercera, Parcela 617-A, de la localidad de Pavón, Partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil veinte.-

Registrado como Ordenanza N° 2708/20.-

Ordenanza Nº 2707-20 – Plaza Presidente Néstor Kirchner

Corresponde Expediente Nº 4036-878/20-HCD

    
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    IMPLEMÉNTESE la denominación de “Plaza Presidente Néstor Kirchner” al predio destinado como espacio verde ubicado en calle El Palenque, entre El Relinche y La Noria en el Barrio Pavón (Suavegón), como así también la recuperación, mantenimiento y puesta en valor de la mencionada.-
    
ARTÍCULO 2°    COLÓQUESE, en dicho sitio, un mástil que facilite la exhibición de la bandera nacional y un cartel alusivo a la denominación del Artículo 1°.-
    
ARTÍCULO 3°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil veinte.-

    Registrado como Ordenanza N° 2707/20.-

Ordenanza Nº 2706-20 – Convalidar Acta de Acuerdo de la Escuela de Enfermería

Corresponde Expediente Nº 4036-893/20-HCD
    

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    CONVALIDAR, el Acta Acuerdo que fuera suscripta entre la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN y CONTRALOR SANITARIO, del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representada por su titular LUISA MABEL DURO y la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Señor Intendente Municipal ADRIAN DANIEL SANCHEZ, en el año 2018, correspondiente a la carrera de TECNICATURA SUPERIOR EN EFERMERÍA, a dictarse en el Hospital Municipal San José de Capilla del Señor durante el 03 de abril de 2018 y el 31 de diciembre de 2020, conforme al Plan de Estudios Aprobado por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires Resolución N° 854/16.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil veinte.-

    Registrado como Ordenanza N° 2706/20.-

Ordenanza N° 2705-20 – Excepción al Código de Zonificación a favor de Antonio Walter Lopez

Corresponde Expediente Nº 4036-882/20-HCD

    
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el termino de un año (1 año) al Sr. LOPEZ, Antonio Walter, titular de D.N.I. N° 14.567.548 para la instalación de un servicio, del rubro GOMERÍA DE AUTOS, en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción I; Sección A; Manzana 30A; Parcela 14, Partida Inmobiliaria 4880, ubicado en la localidad de Capilla del Señor, partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de noviembre de dos mil veinte.-

    Registrado como Ordenanza N° 2705/20.-

Ordenanza N° 2704-20 – Permiso precario de Espacio Público para Omar Dario Grecco

Corresponde Expediente Nº 4036-881/20-HCD


        El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la  concesión del permiso precario de uso de espacio público a favor del  Sr. GRECCO, Omar Darío, titular de D.N.I. N° 24.321.198; para la explotación de un KIOSCO DE DIARIOS Y REVISTAS ubicado en las adyacencias a las calles Carlos Pellegrini y San Martín de Capilla del Señor.-

ARTÍCULO 2°    FIJASE el plazo de 12 (doce) meses de vigencia al permiso otorgado, los que se contarán a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 3°    El otorgamiento y vigencia del permiso otorgado queda sujeto a que el Titular del mismo respete la estructura arquitectónica del lugar.-

ARTÍCULO 4°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de noviembre de dos mil veinte.-

    Registrado como Ordenanza N° 2704/20.-

Ordenanza N° 2703-20 – Eximir del pago de los Derechos de Cosntrucción para Otilia Flor de Karg

Corresponde Expediente Nº 4036-880/20-HCD

    
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    EXÍMASE del pago de los DERECHOS DE CONSTRUCCIÓN al inmueble de la contribuyente FLOR DE KARG, Irma Otilia; contribuyente N° 49741; cuya Nomenclatura Catastral es: Orden: 3273, Partida: 13378, Circunscripción II, Sección L, Manzana 151, Parcela 12A.-

ARTÍCULO 2°    AUTORÍZASE a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) a realizar las bajas administrativas correspondientes al Ejercicio 2020.-

ARTÍCULO 3°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de noviembre de dos mil veinte.-

    Registrado como Ordenanza N° 2703/20.-

Ordenanza N° 2702-20 – Declarar de Interés Municipal los ECOcanjes y la separación en origen

Corresponde Expediente Nº 4036-871/2020-HCD


VISTO:

Que los “ECOcanjes” se han popularizado en nuestro distrito, gracias a la organización ambiental “Reciclate Cambalache” y  que luego de varios años, el DEM los convirtió en política pública, realizando dichos eventos bajo su dirección, en distintos barrios del distrito.

Que la puesta en marcha del Programa de Gestión Integral de RSU (Residuos Sólidos Urbanos) que, entre otros elementos, incorpora una tecnología “inédita” para el procesamiento de los desechos, la cual funciona como prueba piloto.

Que existen artículos de la constitución nacional, tratados internacionales, artículos de la constitución provincial, leyes nacionales y provinciales en torno a la promoción de un medioambiente sano y al fomento de iniciativas asociadas a fomentar una cultura y practica en torno al lema “Basura Cero” y a una Gestión Integral de RSU.

Y CONSIDERANDO:
Que la separación en origen es primordial para que nuestros reciclables puedan ser recuperados y reutilizados por el sistema productivo. En este sentido lo primero que debemos hacer es separarlos correctamente en nuestros hogares.

Que la cooperativa “Milagro cartonero”, la cual según el expediente 4036-860/2020-HCD se encuentra en proceso de creación, requiere necesariamente que la separación de origen y recolección diferenciaba se lleven a delante con mayor énfasis, pues, constituyen procesos centrales para lograr una real recuperación de los materiales reciclables.  

Que según el sitio web de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el distrito enfrenta un proceso de cambio en materia de separación de residuos, con selección en origen y el funcionamiento de una cooperativa, que recuperará todo el material reciclado, de tal forma que la máquina procese solamente el descarte.

Que es un cambio de paradigma el hecho de terminar para siempre con el basural a cielo abierto y reemplazarlo por un Complejo Ambiental que incluirá un proceso de reciclado, el cual, para que pueda desarrollarse al 100% de su capacidad, requiere la separación de residuos en origen.

Que existen muchos distritos donde se realiza la separación en origen de, al menos, tres tipos de residuos: los residuos inorgánicos o secos (plásticos, papeles, cartones, latas, tetra brik, etc), los residuos húmedos u orgánicos (materia orgánica, restos de comida, yerba, cáscaras de frutas y verduras, entre otros) y, en la última, los residuos higiénicos: toallas higiénicas, pañales, elementos de higiene personal. Asimismo, se suele realizar una recolección diferenciada, en la cual ciertos días a la semana se recolectan un tipo de estos y el resto de los días los otros.

Que es preciso realizar una campaña de difusión y educación masiva para lograr alcanzar los objetivos a corto, mediano y largo plazo en relación a la separación por origen y el reciclado.

Que existen antecedentes en varios distritos, donde la separación en origen es premiada con beneficios impositivos y/o con la entrega de un código QR o similares que pueden ser canjeados en comercios adheridos para acceder a productos que ayuden a mejorar la economía de los beneficiarios.

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    DECLÁRESE de “Interés Municipal” los “ECOcanjes”, promoviendo que esta política pública se potencie, a la brevedad, realizándose en todas las localidades del distrito de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    DECLÁRESE de “Interés Municipal” para todas las localidades de Exaltación de la Cruz la separación en origen de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU) y promuévase la clasificación de los residuos según su naturaleza, pudiendo dividirlos y agruparlos en tres categorías: basura (fracción no aprovechable destinada a disposición final en relleno sanitario), orgánico (residuos o desechos de origen biológico que provienen o formaron parte de un ser vivo) y reciclables (aquellos materiales con valor comercial actual), entre otros, según lo pueda coordinar el Departamento Ejecutivo Municipal.-
    
ARTÍCULO 3°    Los plazos para la aplicación concreta de la promoción de la separación de origen, el trabajo a realizar por la futura cooperativa y su constitución legal, deberá presentarse mediante ordenanza municipal en un plazo no mayor a los próximos 180 días de sancionada esta ordenanza, considerando la modalidad de separación y recolección municipal, junto con un posible régimen de beneficios en caso de cumplimiento, entre otros, para que sea evaluada y aprobada por este Honorable Concejo Deliberante.-
    
ARTÍCULO 4°    INFÓRMESE a este Honorable Concejo Deliberante, el destino del material acopiado de los ECOcanjes para garantizar su efectiva inserción en el circuito de los reciclables y el plan de remediación junto a su correspondiente EIA (Estudio de Impacto Ambiental) según la normativa ambiental vigente, así como el destino final de los residuos resultantes y no plausibles de ser reciclados.-
    
ARTÍCULO 5°    Los vistos y considerando forman parte de la presente Ordenanza
    
ARTÍCULO 6°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de noviembre de dos mil veinte.-

    Registrado como Ordenanza N° 2702/20.-

Ordenanza N° 2701-20 – Reductores de velocidad en el barrio Marín de Capilla del Señor

Corresponde Expediente Nº 4036-870/2020-HCD


    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    El Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, procederá a colocar reductores de velocidad (lomos de burro o afines) o medidas alternativas de control de velocidad en Barrio Marín, Capilla del Señor, priorizando las calles Pavón, Los Cardales, Parada Robles y San Juan.-
    
ARTÍCULO 2°    El Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, procederá, para que resulten más visibles en la oscuridad, a realizar una adecuada demarcación y señalización a distancias que permitan alertar a los conductores con el tiempo suficiente, dichos reductores o medidas de control de velocidad.-
    
ARTÍCULO 3°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de noviembre de dos mil veinte.-

    Registrado como Ordenanza N° 2701/20.-

Ordenanza N° 2700-20 – Ratificar el Decreto Nº 639-20 del DEM que exime del pago de la TSeH cuota 5º a sectores afectados por el COVID-19

Corresponde Expediente Nº 4036-876/2020-HCD


    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    RATIFÍQUESE el Decreto N° 639 de fecha 25 de septiembre de 2020, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual se exime del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene cuota 5, a las activi-dades que se enuncian en el Artículo 1° del mencionado Decreto.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de noviembre de dos mil veinte.-

    Registrado como Ordenanza N° 2700/20.-

Ordenanza N° 2699-20 – Condonación de deuda por la TSeH a favor de ACRIL S.R.L

Corresponde Expediente Nº 4036-865/2020-HCD


    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a condonar, a favor del contribuyente Acril S.R.L., el 50% (cincuenta por ciento) del adicional por categoría industrial componente de la tasa de seguridad e higiene como subconcepto, devengado en los ejercicios fiscales 2017, 2018, 2019, 2020.-
    
ARTÍCULO 2°    AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a acordar con el contribuyente del artículo anterior el pago de la deuda resultante mediante un convenio de pago en 6 (seis) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con una quita del 100% (cien por ciento) de los intereses, recargos y multas por omisión.-
    
ARTÍCULO 3°    La falta de pago de 2 (dos) cuotas consecutivas del convenio autorizado por el artículo anterior dará lugar, de pleno derecho, al decaimiento del plan acordado, volviendo las cosas al estado anterior al de la suscripción, tomándose las sumas abonadas como pagos a cuenta de las deudas preexistentes.-
    
ARTÍCULO 4°    Manténgase la reducción del adicional por categoría industrial, en el mismo porcentual del artículo 1° y a favor del mismo contribuyente, durante lo que resta del presente ejercicio fiscal y durante los ejercicios 2021 y 2022.-
    
ARTÍCULO 5°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de noviembre de dos mil veinte.-

    Registrado como Ordenanza N° 2699/20.-