Category Archive 2019

Ordenanza N° 2600/19 – Declarando de interes municipal el evento EXPOBASK INTEGRACION ARGENTINA 2019

 Corresponde Expediente Nº 4036-713/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°  
 Declárese de interés municipal el evento “EXPOBASK INTEGRACION ARGENTINA 2019, a realizarse en las instalaciones del CLUB HONOR Y PATRIA de nuestra ciudad Capilla del Señor, los días 20, 21 y 22 de Septiembre de 2019.-
    
ARTÍCULO 2°    Realizar entrega de un certificado de dicha declaración expedido desde éste Honorable cuerpo deliberativo.-
    
ARTÍCULO 3°    De Forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2600/19.-    

Ordenanza N° 2599/19 – Aceptar la donación de EMPRENDIMIENTOS Y DESARROLLOS TERRANOVA S.A.

 Corresponde Expediente Nº 4036-678/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°  
 Aceptase la donación de U$D 120000 (dólares estadounidenses ciento veinte mil), ofrecida por la empresa “EMPRENDIMIENTOS Y DESARROLLOS TERRANOVA S.A. CUIT N° 30-71553501-0, para la adquisición de equipamiento hospitalaria, para el HOSPITAL SAN JOSE.-
    
ARTÍCULO 2°    La suma ofrecida y su forma de integración serán depositadas en pesos en la cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal Capilla del Señor abierta a nombre de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, al tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina del día anterior a la fecha de cada depósito.-
    
ARTÍCULO 3°    El Departamento Ejecutivo queda autorizado para aplicar las sumas determinadas en el artículo 1° de esta Ordenanza a la compra de equipamiento del Hospital Municipal San José que a continuación se detalla: una mesa de Anestesia, una torre de Laparoscopia, un Litoscopio, un Monitor Multiparamétrico, un respirador y un Electro bisturí.-
    
ARTÍCULO 4°    El Departamento Ejecutivo deberá rendir cuentas al Honorable Concejo Deliberante de las adquisiciones realizadas con las sumas determinadas en el Artículo 1° dentro del plazo de treinta días de la compra.-
    
ARTÍCULO 5°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2599/19.-    

Ordenanza N° 2598/19 – Vidrieras vivas

 Corresponde Expediente Nº 4036-678/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Objeto y finalidad. La presente ordenanza tiene por objeto prohibir la exhibición hacia la vía pública de animales de cualquier especie, sexo y edad a los fines de evitar su compra impulsiva, compulsiva y/o compasiva que se ve estimulada mediante su exhibición, la que les provoca sufrimientos y padecimientos con consecuencias psíquicas y físicas irreversibles.-
    
ARTÍCULO 2° 
   Alcances. La prohibición abarca la exhibición de animales en vidrieras, jaulas o análogos en veterinarias, acuarios o comercios de cualquier tipo.
    
ARTÍCULO 3°    Autoridad de Aplicación. La Autoridad de Aplicación será designada por el Poder Ejecutivo.
a)    Efectuar campañas oficiales de publicidad con motivo de la difusión de la presente en coordinación con entidades profesionales de las ciencias veterinarias y ONGs de protección y defensa de la fauna, así como con organismos públicos relacionados.    
b)    Generar capacitaciones para el personal del cuerpo dedicado al control.
    
ARTÍCULO 4° 
   Sanciones. Para los casos de incumplimiento de la presente, los/as infractores/as serán sancionados con la aplicación de las penas de  multa o clausura.-
    
ARTÍCULO 5° 
   Plazo. La prohibición objeto de la presente ordenanza será plenamente operativa pasados ciento ochenta (180) días desde su sanción.-
    
ARTÍCULO 6°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2598/19.-    

Ordenanza N° 2597/19 – Condonacion deuda Cooptec

 Corresponde Expediente Nº 4036-695/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Condonase la deuda que en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, adeude la Cooperativa de Trabajo Exaltación de la Cruz Limitada, CUIT 30-71143152-3, hasta la 3° cuota de 2019.-
    
ARTÍCULO 2°    Autorizase al Departamento Ejecutivo a aplicar una reducción del 30% a la alícuota de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, que corresponda abonar a la Cooperativa mencionada en el artículo 1° de esta Ordenanza.-
    
ARTÍCULO 3°    La reducción de la alícuota dispuesta por el articulo anterior , regirá por un periodo de 9 (nueve) bimestres contados a partir de la cuota 4° del presente año.-
    
ARTÍCULO 4° 
   De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2597/19.-    

Ordenanza N° 2596/19 – Declarar de interes municipal el proyecto polo lanero del CEPT de Diego Gaynor

 Corresponde Expediente Nº 4036-714/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Declárese de Interés Municipal el Proyecto “Polo Lanero” que lleva adelante el C.E.P.T. N° 32 de Diego Gaynor, partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    Realizar entrega de un certificado de dicha declaración expedido desde este Honorable Cuerpo Deliberativo.-
    
ARTÍCULO 3°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2596/19.-    

Ordenanza Nº 2595/19 – Construcción de darsenas para colectivos sobre la calle Moreno y Colon de Los Cardales

 Corresponde Expediente Nº 4036-706/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Realícese dos dársenas para colectivos, con medidas según la legislación vigente, sobre la calle Moreno (entre San Martín y Alsina) y la calle Colon (entre Alsina y Suipacha) de la localidad de Los Cardales.-
    
ARTÍCULO 2°    Realícese el corrido correspondiente de los postes de luminarias.-
    
ARTÍCULO 3°    Articular los medios necesarios para extraer y colocar los postes de tendido eléctrico de la zona proyectada.-
    
ARTÍCULO 4°    Realícese dos refugios de colectivos a la vera de los sitios mencionados en el artículo 1°.-
    
ARTÍCULO 5°    Extracción de4 árboles para realizar la obra proyectada y reposición de los mismos en un sitio cercano a la misma.-
    
ARTÍCULO 6°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinte días del mes de agosto de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2595/19.-    

Ordenanza Nº 2594/19 – Mujeres en emergencia

 Corresponde Expediente Nº 4036-698/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Declarar la emergencia en materia de violencia de género en el Partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    Fomentar el respeto de los derechos que posee la mujer.-
    
ARTÍCULO 3°    Crear en el ámbito del espacio donde se resguarde la integridad de las victimas, talleres de oficios a los fines de la independencia económica de las mismas, articulando con las áreas del municipio correspondientes para la tarea afín.-
    
ARTÍCULO 4°    Instruir a la mujer en el conocimiento de los derechos que posee y los mecanismos que se encuentran a disposición ante un eventual episodio de violencia de género.
    
ARTÍCULO 5°    Implementar en el largo plazo un refugio que pueda alojar a las víctimas, a los efectos de monitorear situaciones y episodios de violencia de genero.-
    
ARTÍCULO 6°    Contribuir a la difusión de campañas sobre la violencia de género.-
    
ATRIBUCIONES AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO. AUTORIDAD DE APLICACIÓN.

ARTÍCULO 7°    El Departamento Ejecutivo deberá ejecutar durante el plazo de tres (3) meses una campaña pública para informar sobre la declaración de emergencia de violencia de género en el Partido de Exaltación de la Cruz.-
    
SANCIONES

ARTÍCULO 8°    El eventual incumplimiento de esta Ordenanza llevara consigo las actuaciones correspondientes ante los órganos estatales intervinientes.-
    
ARTÍCULO 9°    Comuníquese, regístrese, publíquese, achívese.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinte días del mes de agosto de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2594/19.-    

Ordenanza Nº 2593/19 – Colocar lomos de burro en la Plaza de la Concordia

 Corresponde Expediente Nº 4036-699/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    El Departamento Ejecutivo Municipal arbitrará los medios necesarios a los efectos de proceder a la demarcación de “Lomos de Burro”, “Badenes” o “Serruchos” sobre la calle Carlos Pellegrini, uno entre las calles 25 de Mayo e Yrigoyen y otro entre las Calles Yrigoyen y Esteban Urcelay la misma es paralela  a la Plaza de la Concordia de Capilla del Señor.-
    
ARTÍCULO 2°    Los badenes, lomos de burro o serruchos serán situados en toda la extensión de la mencionada arteria a una distancia no superior de 100 metros de separación una de otra, con la pertinente señalización.-
    
ARTÍCULO 3°    El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será imputado a las partidas de Obras Públicas correspondientes al Ejercicio 2019.-
    
ARTÍCULO 4°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinte días del mes de agosto de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2593/19.-    

Ordenanza Nº 2592/19 – Escrituración Ley 10.830 a favor del Sr. Roldan Juan Jose

 Corresponde Expediente Nº 4036-689/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I – Sección D – Quinta 2 – Parcela 24c, Partida Inmobiliaria 2649, Matrícula 6563 del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-44369/2019.-
    
ARTÍCULO 2°    Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires,  a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el artículo anterior.-
    
ARTÍCULO 3°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinte días del mes de agosto de dos mil diecinueve.-

    Registrado como Ordenanza N° 2592/19.-    

Ordenanza Nº 2591/19 – Calle Bolivar

 Corresponde Expediente Nº 4036-693/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Colóquese al inicio de la Calle Bolívar esquina con Calle Rivadavia sobre numeración par  un cartel de PROHIBIDO ESTACIONAR y otro al inicio de Calle José Sosa y Bolívar mano par.-
    
ARTÍCULO 2°    Demárquese  el cordón de la Calle Bolívar numeración par  con pintu-ra amarilla desde Rivadavia y hasta José Sosa amparados bajo la LEY de Tránsito y Transporte de la Provincia de Buenos Aires y sus modi-ficaciones dónde expresa claramente de que  “los cordones  pintados de color amarillo indican la prohibición de estacionar durante las vein-ticuatro (24) horas.-
    
ARTÍCULO 3°    Demárquese 20 mts del cordón de la Calle Bolívar mano numeración impar desde esquina Rivadavia, de color rojo que indica la prohibición de estacionar y detenerse durante las veinticuatro (24) horas.-
    
ARTÍCULO 4°    Demárquese 20 mts. del cordón de la Calle Bolívar mano numeración impar desde esquina José Sosa de color rojo que indica la PROHIBICIÓN de estacionar y detenerse durante las 24 hs.-
    
ARTÍCULO 5°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los seis días del mes de agosto de dos mil diecinueve.-

    Registrado como Ordenanza N° 2591/19.-