Category Archive 2016

Ordenanza Nº 2361/16 – Colocación Semaforos en Capilla

    Corresponde Expediente N° 4036-182/16-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá  llevar a cabo todas las medidas pertinentes tendientes a efectivizar la colocación, de un semáforo, y/o cualquier otra medida de seguridad vial en la zona comprendida entre la intersección de las arterias Balcarce y Rivadavia de, y/o Balcarce y Mateo S. Casco de  Capilla del Señor.-

ARTÍCULO 2° En caso de resultar inviables por razones económicas, se sugiere proceder a la implementación en la zona de afectación de controles viales considerando la presencia de Inspectores de Tránsito, de un radar y/o lector de velocidad a fin de aplicar las sanciones y/o multas en caso de corresponder.-

ARTÍCULO 3° Dese intervención a la  Dirección de Seguridad Vial y a la Dirección del Centro de Vigilancia Urbana de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, a fin de que obren en consecuencia debiendo velar por el cumplimiento de lo normado

ARTÍCULO 4° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los once días del mes de Octubre de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2361/16.

Ordenanza Nº 2360/16 – Int. Municipal Uso bolsas ecoligicas

    Corresponde Expediente N° 4036-242/16-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Declárese de INTERES MUNICIPAL, el Proyecto impulsado por la Asociación Cooperadora del CAPS (CENTRO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD) de la localidad de Los Cardales, para la Promoción y Uso de Bolsas Ecológicas.-

ARTÍCULO 2°
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los once días del mes de Octubre de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2360/16.

Ordenanza Nº 2359/16 – Aceptando donacion

    Corresponde Expediente N° 4036-241/16-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Aceptase la Donación efectuada por la Asociación Cooperadora del CENTRO DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD (CAPS) de la localidad de LOS CARDALES, de la suma de pesos quinientos cuatro mil ($ 504.000), los cuales serán afectados Exclusivamente a la compra de una nueva ambulancia para el mencionado CAPS.-
   
ARTÍCULO 2°
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco  días del mes de Octubre de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2359/16.

Ordenanza Nº 2358/16 – Aprobando Nombre de Calle

    Corresponde Expediente N° 4036-229/16-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Apruébese con el nombre de DR. MAGIN A. DIEZ, a la calle cedida por plano característica 31-18-2015, aprobado por la DIRECCIÓN DE GEODESIA de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 09 de Septiembre de 2015, en el predio designado catastralmente Circunscripción II, Sección R, Parcela 1850.-

ARTÍCULO 2° Incorpórese al Registro de Alturas Domiciliarias, correspondientes a cada parcela.-

ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de Septiembre de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2358/16.

Ordenanza Nº 2357/16 – Ratificando acuerdo complementario

    Corresponde Expediente N° 4036-222/16-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Ratificase el ACUERDO COMPLEMENTARIO N° 1, del CONVENIO MARCO DE IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL, suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL DN. ADRIAN DANIEL SÁNCHEZ y el MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representado por el Sr. MINISTRO LIC. ALBERTO PEREZ, cuyo Convenio fuera Ratificado por ORDENANZA MUNICIPAL N° 057/2013, tramitado por Expediente Administrativo N° 20103-5083//2013.-

ARTÍCULO 2° Notificase la presente Ordenanza a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLITICA Y SEGURIDAD VIAL, dependiente del MINISTERIO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-

ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los trece días del mes de Septiembre de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2357/16.

Ordenanza Nº 2356/16 – Autorizando venta Inmueble de equipamiento industrial

    Corresponde Expediente N° 4036-219/16-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Autorícese la VENTA del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección R, Parcela 246x, según Plano Característica 31-28-2012, la cual se encontraba destinada a Reserva para Equipamiento Industrial, al Señor BRUNO MARIO ANTONIO, titular del DNI N° 11.586.482.-

ARTÍCULO 2° Establézcase como base del valor de venta, en la suma de pesos tres millones seiscientos mil ($ 3.600.000), por el plazo improrrogable de noventa (90) días corridos, finalizado dicho plazo el monto de la base volverá a consideración de este Honorable Cuerpo.-

ARTÍCULO 3° El importe de la Venta, será destinado a la compra de una parcela, situada en la localidad de Los Cardales, cuyos datos catastrales son: Circunscripción II, Sección L, Manzana 176, Parcela 5, para la Ampliación del CAPS (CENTRO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD) de dicha localidad, el cual se encuentra emplazado en la parcela 6, lindante a la mencionada anteriormente.-

ARTÍCULO 4° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los trece días del mes de Septiembre de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2356/16.

Ordenanza Nº 2355/16 – Ratificando Convenio con Ministerio Infraestructura

Corresponde Expediente N° 4036-215/16-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Ratificase el Convenio Marco suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Señor Inten-dente Municipal ADRIAN DANIEL SÁNCHEZ y el  MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representada por el Señor Mi-nistro LIc. EDUARDO CENZON, mediante el cual la Autoridad Provincial otorgará un Subsidio por la suma de pesos setenta y dos mil millones ochocientos mil ($ 72.800.000), destinada a financiar la Obra “Puente Aliviador del Ferrocarril General Mitre, en Capilla del Señor, en las condiciones, plazos y modalidades que se detallan en el Conve-nio que como Anexo I, forma parte de la presente.-

ARTÍCULO 2° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Mu-nicipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los trece días del mes de Septiembre de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2355/16.

Ordenanza Nº 2354/16 – Eximision pago Libreta Sanitaria Emp. Nosotros

Corresponde Expediente N° 4036-221/16-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Exímase del pago de la Tasa por Libreta Sanitaria y su renovación, en un 100%,  al grupo de trabajadores integrantes del EMPRENDI-MIENTO NOSTROS PANIFICADOS ARTESANALES.-

ARTÍCULO 2° La eximisión a que se hace referencia en el Artículo 1° de la presente, corresponde a los siguientes trabajadores:

Apellido y Nombre

DNI

Navarro Jesús 33.808.297
Figueiredo, Marcos 28.929.698
Mendia Héctor 30.043.176
Díaz Mirta 05.626.359
Noguera María Ayelen 38.215.786
Ortega Aldo 27.116.382
Vera Mario Samuel 40.493.327
Stheitemberger, Graciela 31.916.508
Vera, Emilce 28.942.313
Miranda, Ruben 34.832.207
Coria Emmanuel 44.172.476
De antoni Aldana 26.345.799


ARTÍCULO 3°
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Mu-nicipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2354/16.

Ordenanza Nº 2353/16 – Aut. Esp. Aereo Cable

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Autorízase, por  el término de tres (3) años contados a partir del 1º de  Agosto de 2016, a la  EMPRESA  CABLE  SERVICIO  S.R.L., inscripta Bajo el Número 6275 del  Libro  107, Tomo de SRL, en la  Inspección General  de  Justicia  el   25 / 08 / 97  CUIT   Nº  30-69162145-2   con domicilio social en Avda. Corrientes Nº 848, piso 3º, oficina  “303” de  la Ciudad  Autónoma de  Buenos Aires, a  utilizar  el  espacio  aéreo y subterráneo del Partido de Exaltación  de la Cruz, para  la  instalación, puesta   en   funcionamiento  y  explotación  de  un  sistema  mixto  de circuito cerrado de televisión por Cable e Internet Banda Ancha. –

ARTÍCULO 2° La Autorización conferida en el Artículo 1° de la presente, queda condicionada al Cumplimiento de las Disposiciones Generales establecidas en la Ordenanza Municipal 023/91, y a las Disposiciones que establezca el ENACOM, y a las siguiente cláusulas particulares:
1) Instalación   y   provisión  de   Internet   en   forma   gratuita   a   los  Establecimientos Escolares del  Partido.
2) Cesión en propiedad a favor de la Municipalidad de  Exaltación  de  la Cruz, en forma gratuita y de uso exclusivo, de seis (6) hilos de fibra  óptica  sobre  el  tendido  de fibra óptica.-
3) Provisión de televisión por cable en  forma gratuita al Hospital San
José, a partir de la promulgación de esta ordenanza.-
4) Provisión de Internet Banda ancha y Televisión por cable a los Cuarteles de Bomberos Voluntarios de Exaltación de la Cruz.-

ARTÍCULO 3°
La Autorización conferida en el Artículo 1° de la presente es de carácter intransferible y de uso exclusivo de la Persona Jurídica mencionada.-

ARTÍCULO 4°
El incumplimiento a lo dispuesto en la presente y la Ordenanza Municipal 023/91 y sus normas reglamentarias, dará derecho a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a revocar la presente concesión.-

ARTÍCULO 5°
Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a Reglamentar los aspectos no previstos en la presente, notificando de la misma al Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz.-

ARTÍCULO 6°
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2353/16.

Ordenanza Nº 2352/16 – Orientación Vocacional

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Créese el Programa de Orientación Vocacional e Inserción Laboral en el Sistema Educativo del Partido de Exaltación de la Cruz.

ARTÍCULO 2°
En el presente Programa, intervendrán Jefatura de Inspección Distrital, Centro de Formación Profesional N° 402 de Exaltación de la Cruz, dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y por la Municipalidad de Exaltación de la Cruz lo harán: Secretaria de Desarrollo Humano y Social, Oficina de Capacitación e Inserción Laboral; Dirección de Cultura y Educación, y Oficina de Desarrollo Industrial, dependientes de la Secretaria de Gobierno y los profesionales que serán designados a cargo del mismo.-

ARTÍCULO 3°
Los destinatarios del Programa serán los alumnos de 5º y 6º año del nivel secundario de las escuelas del distrito.-

ARTÍCULO 4°
El objetivo es acompañar a los jóvenes en su proceso de selección y planificación del futuro inmediato luego de finalizada la etapa escolar.-

ARTÍCULO 5°
Se acompañará a los jóvenes mediante talleres que les permitirán realizar un proceso de búsqueda personal y definición de sus aspiraciones a futuro. Ya sea, si desean estudiar, aprender un oficio o insertarse laboralmente.-

ARTÍCULO 6°
Se acordará a través de la Jefatura de Inspección Distrital la cesión de los espacios físicos y temporales en el que se realizarán las actividades en cada escuela.-

ARTÍCULO 7°
La Jefatura de Inspección Distrital y la Dirección de Cultura y Educación, funcionarán como nexo entre los ejecutores del Programa y el Centro de Formación Profesional, basándose en las estadísticas ofrecidas por los mismos.-

ARTÍCULO 8°
La Secretaría de Desarrollo Humano y Social será un órgano de  consulta y asesoramiento mediante la participación de las Asistentes Sociales.-

ARTÍCULO 9°: La Oficina de Desarrollo Industrial deberá confeccionar un informe anual de la demanda laboral, en el ámbito de influencia del distrito.

ARTÍCULO 10°
La oficina de Capacitación e Inserción Laboral, participará coordinando sus programas vigentes.

ARTÍCULO 11°
El ejecutor directo será un profesional de la salud mental. quien ofrecerá soporte en los talleres grupales, entrevistas individuales y responderá a la demanda de técnicas especificas de orientación vocacional en caso de ser necesarias.-

ARTÍCULO 12°
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dieciséis días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2352/16.