El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Convalídase el convenio firmado entre la Provincia de Buenos Aires, representada por el Señor Gobernador Ingeniero Felipe SOLA, su Ministro de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Dr. Eduardo SICARO, como autoridad de aplicación, y la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, representada por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Horacio ERRAZU, en el marco del Decreto N° 1394/04, a los fines de dar inicio al programa de Obras Provinciales de Ejecución Municipal, para la planta de Reciclaje de Residuos y Relleno Sanitario en Capilla del Señor.
Artículo 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar todos los actos administrativos y/o técnicos tendientes a la concreción de lo establecido en este convenio lo dispuesto en el texto del citado documento.
Artículo 3°: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Marzo de dos mil cinco.