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Ordenanza N°2960-23 Excepción al Código de Zonificación a favor de Premoldeados Norte SRL

Corresponde Expediente Nº 4036-1282/23-HCD

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACION DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA

ARTICULO N° 1: OTORGUESE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza la excepción al Código de Zonificación, exclusivamente por el uso, por el termino de 2 (dos) años a favor de la Razo Social PREMOLDEADOS NORTE S.R.L titular del CUIT N° 30-71369710-5 quien instalara un emprendimiento del rubro “Fabricación de Hormigón Elaborado y Premoldeados de Hormigón” sito en las siguientes ubicaciones catastrales:

  1. Circunscripción IV, Sección G, Fracción 2, Parcela 2, Partida Inmobiliaria N° 13852 de la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz.-
  2. Circunscripción IV, Sección G, Fracción 2, Parcela 3, Partida Inmobiliaria N° 13853 de la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTICULO N° 2: DE FORMA.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires a los dieciocho días del mes de abril de 2023.-



Registrada como Ordenanza N°2960/23.-

Ordenanza N°2959-23 Excepción al Código de Zonificación a favor de Signos Ecuestres

Corresponde Expediente Nº 4036-1281/23-HCD

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACION DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO N° 1: OTORGUESE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza la excepción al Código de Zonificación, exclusivamente por el uso, por el termino de 2 (dos) años, a favor de ASOCIACION CIVIL SIGNOS ECUESTRES, CUIT: 30-71785525-2 para el emprendimiento de “Servicios de Animales, Equinoterapia”, sito en Ruta Ruta N°8 Km. 76 (Predio FATICA), de Parada Robles, cuya ubicacion catastral es: Circunscripción IV, Sección R, Parcela 777, Partida Inmobiliaria N°031-1121, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTICULO N° 2: DE FORMA.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires a los dieciocho días del mes de abril de 2023.-


Registrada como Ordenanza N°2959/23.-

Ordenanza N°2958-23 Ratificar Convenio Municipios a la Obra

Correspondiente Expediente N°4036-1279/23-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° RATIFIQUESE el Convenio Marco suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por el cual el Municipio se Adhiere al Programa Provincial “Municipios a la Obra”, para la realización de la Obra “Asfalto Calles Barrio San José”.-

ARTÍCULO 2° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires a los dieciocho días del mes de abril de 2023.-

Registrado como Ordenanza N°2958/23.-

Ordenanza N°2957-23 Donar Furgon Reanult Bomberos Los Cardales

Correspondiente Expediente N°4036-1278/23-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° DONESE a favor de la ASOCIACION BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LOS CARDALES – CUIT N° 30-71132524-3, con domicilio Legal en Alsina 96 – Localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, un vehículo tipo Furgón marca Renault Master PH3 Dc120, Motor N°G9UA650C244349, Chasis N°93YADC1D6CJ121573, Dominio LXA756, Modelo 2012, propiedad de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.-

ARTÍCULO 2° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires a los dieciocho días del mes de abril de 2023.-

Registrado como Ordenanza N°2957/23.-

Ordenanza N°2956-23 Afectar lote terreno plazo Barrio El Remanso

Correspondiente Expediente N°4036-1277/2023-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°AFECTESE el lote de terreno ubicado en Barrio Parque El Remanso, al predio comprendido entre las calles La Zamba, La Fortinera y El Ca-ramba, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción III, Sección T, Quinta 20B, Parcela 2, Partida Inmobiliaria 27350, de la localidad de Parada Robles para la creación de una Plaza.-

ARTÍCULO 2° DENOMINESE el predio identificado en el Artículo 1° con el nombre de “Plaza El Ceibo”.-

ARTÍCULO 3° ENCOMIENDESE al Departamento Ejecutivo a realizar las obras de infraestructuras necesarias para la parquización, la instalación de juegos, bancos, mesas y demás elementos complementarios.-

ARTÍCULO 4° Los Vistos y Considerandos son parte de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 5° Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

ARTÍCULO 6°DE FORMA.-

FUNDAMENTOS

Atento a la inquietud de los vecinos de la Asociación de Fomento Barrio Parque El Remanso de la necesidad de contar con una plaza, expuesta en una nota presentada el pasado 6 de febrero del corriente año. Y que la importante cantidad de niños que viven en el barrio, un número creciente luego de la pandemia.
Que, en la infancia, la participación de estos espacios fomenta una integración a través del juego que sienta las bases para una integración escolar y laboral. La verdadera integración social comienza en la infancia cuando los niños juegan sin perjuicios.
El inciso b del Artículo 8° de la Ley N°8.912/1987 de la provincia de Buenos Aires, en referencia a los espacios verdes y libres públicos y la Ley N°12.704 de Paisaje Protegido de la provincia de Buenos Aires.
Que, los espacios verdes y plazas tienen y un valor físico por el lugar central que aportan a la comunidad de despeje, oxigenación de nuestro cuerpo y nuestra mente con su vegetación, de recreación de niños y adultos con sus juegos y bancos para sentarse a disfrutar con amigos; pero también un valor simbólico, por lo que representa para la conformación misma de los pueblos, ciudades y barrios que son casi impensables sin esas plazas, por lo que significan para nosotros contar con esos espacios. Y un inmenso valor social, por cuanto las plazas conforman un espacio de reunión, de generación de lazos entre seres humanos de distintas generaciones y costumbres, un lugar de comunión de culturas y costumbres que valen la pena compartir.
Que, la “Plaza El Ceibo” está diseñada arquitectónicamente para eliminar barreras de entorno e impedimentos de cualquier tipo, permitiendo la participación plena y la accesibilidad efectiva.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltacion de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dieciocho días del mes de abril de 2023.-



Registrado como Ordenanza N°2956/23.-

Ordenanza N°2955-23 Modificar Articulo 21 Ordenanza 2928-22

Correspondiente Expediente N°4036-1268/23-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° MODIFIQUESE el Artículo 21 de la Ordenanza Municipal N°2928/2022 de Presupuesto General para el Ejercicio 2023, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
“Artículo 21: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a la utilización transitoria de fondos con afectación especifica o solicitar adelantos de caja, cuando ello fuese necesario para hacer frente a apremios circunstanciales debiendo normalizarse su afectación en el transcurso del Ejercicio de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 69 del Decreto 2980/00 RAFAM”.-

ARTÍCULO 2° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires a los dieciocho días del mes de abril de 2023.-

Registrado como Ordenanza N°2955/23.-

Ordenanza N°2954-23- Escrituracion Social a favor de Arias Rosa Ester

Corresponde Expediente Nº 4036-1255/2023-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Declárese de interés social la Escrituración del bien designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección G, Fracción 1, Parcela 8 K, partida inmobiliaria 031-15835 del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-54741/2023 a nombre de ARIAS ROSA ESTER DNI 13.212.418.-

ARTÍCULO 2° Requiérase a la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines de otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el artículo anterior.-

ARTÍCULO 3° Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.

ARTICULO 4° DE FORMA.-


DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cuatro días del mes de abril de 2023.-

Registrado como Ordenanza N° 2954/23.-

Ordenanza N°2953-23 Ratificar Decreto 019-23

Correspondiente Expediente N°4036-1252/23-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° RATIFIQUESE el Decreto N°019 de fecha 13 de Enero del corriente año, por el cual se Prorroga el vencimiento de las cuotas 1 y anual de las Tasas Municipales.-

ARTÍCULO 2° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires a los veintitrés días del mes de marzo de 2023.-

Registrado como Ordenanza N°2953/23.-

Ordenanza N°2952-23 Transferir parcela EDEN Parque Industrial Ruta 6

Correspondiente Expediente 4036-1253/2023-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Transfiérase a tirulo gratuito con cargo a favor de la
Provincia de Buenos Aires la parcela designada catastralmente como Circunscripción II, Parcela 247a con una superficie de 9.030,06 mts2 ubicada en la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, según plano 31-18-19.-

ARTÍCULO 2° La transferencia dispuesta por el artículo 1° se efectúa con cargo sujeto exclusivamente al emplazamiento y operatoria de la nueva Estación Transformadora ello de conformidad con el proyecto agregado según Anexo IV al Convenio de Cesión de Propiedad obrante en el Expediente 4036-51597/2021.-

ARTÍCULO 3° La Provincia de Buenos Aires deberá restituir la parcela a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz en el caso de no concretar la obra de construcción de la estación transformadora o por cuestiones ajenas a la municipalidad decida retirarla.-

ARTICULO 4° La escritura traslativa de dominio se llevara a cabo a través de la Escribanía General de Gobierno o por ante la Escribanía que designe la Provincia de Buenos Aires, siendo los gastos a su cargo.-

ARTÍCULO 5° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, del Partido de Exaltación de la Cruz, ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de marzo de 2023.-

Registrado como Ordenanza N°2952/23.-

Ordenanza N°2951-23 Permiso precario Uso espacio publico LANZILLOTTI JOSE L

Correspondiente Expediente N°4036-1270/2023-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° CONSEDASE, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, a favor del Sr, LANZILLOTTI, José Luis; titular del DNI N°16.828.512, el PERMISO PRECARIO de USO DE ESPACIO PUBLICO para la explotación de un puesto ambulante de pochoclos que se ubicara en las adyacencias de la Plaza del Encuentro en la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTÍCULO 2° FIJASE el plazo de 24 (veinticuatro) meses de vigencia al permiso otorgado, los que se contaran a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 3° DE FORMA.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de marzo de 2023.-

Registrado como Ordenanza N°2951/23.-