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Ordenanza Nº 069/12 – Ref. a Creación Articulo 157 bis a la Ordenanza 12-89

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º: Crease el artículo 157° bis en la O.G. 12/89 SECCION SEXTA TRANSITO TITULO III PARTE ESPECIAL “B”        (Motocicletas y rodados motorizados)  el que quedara redactado de la siguiente manera:

ART.157° bis: todas las motocicletas ciclomotores o rodados motorizados a los que al momento de labrarse un acta de infracción quede prohibida su circulación , deberán ser trasladados y depositados a dependencias municipales o policiales o a donde el poder ejecutivo tenga dispuesto un deposito para los mismos y el infractor en forma solidaria con el propietario o tenedor legitimo del rodado, deberá abonar como condición previa para su restitución , dichos gastos a razón de (1/10) de 2 S.M.A.M. por el acarreo y de(1/10) de 1 S.M.A.M. , por cada día de depósito.
Si la motocicleta, ciclomotor o rodado motorizado quedara sin ser retirado previo pago de las cargas referidas y de cumplida esta normativa; por más tiempo del que equivalga a su valor,  conforme valores tabla de valores de la superintendencia de seguros de la nación u organismo que haga las veces, o lo reemplace, o en su defecto, por tasación de dos comercios del rubro; se deberá proceder el respecto y según el caso, conforme el procedimiento establecido en los Arts. 46, 47,48 y 49 de este mismo cuerpo normativo.-
El Juez de Faltas Municipal  solo procederá a restituir el rodado solo cuando constatare que se ha subsanado la causa que motivo la retención preventiva de la unidad y se presente el correspondiente libre de multa municipal.

Articulo 2º: Crease el art. 146 bis de la Ord. General Sección VI, Título 1: generalidades para todo vehículo y automotor.

Articulo 146 bis: En todos los casos, ante la primera reincidencia de la misma infracción se incrementará el monto de la multa en un 50%, ante la segunda reincidencia se duplicará, y a partir de la tercera reincidencia el Juez de Faltas podrá aumentar las sanciones por una mayor sucesión de las infracciones cometidas. Para que estos recargos en las multas no sean aplicados debe transcurrir entre una y otra infracción un lapso de tiempo superior a 365 días.

Articulo 3º: Institúyanse como constantes las campañas de concientización y educación de seguridad via para agentes y vecinos de Exaltación de la Cruz.

Articulo 4º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 069/12.

Ordenanza Nº 068/12 – Ref. a Escriturar Inmueble C II, S Q, M 6, P 29 a nombre de Maria Delia Gomez

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección Q, Manzana. 6, Parcela 29, Partida Inmobiliaria 24601, Matrícula 11759, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-27582/12, a nombre de María Delia Gómez.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 068/12.

Ordenanza Nº 067/12 – Ref. a Escriturar Inmueble C III, S Q, M 8, P 23 a nombre de Maria Soledad Garcia Pita

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana. 8, Parcela 23, Partida Inmobiliaria 24660, Matrícula 11307, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-27792/12, a nombre de María Soledad García Pita.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 067/12.

Ordenanza Nº 066/12 – Ref. a Incorporar al Dominio Privado Municipal al Inmueble C II, S L, M 86, P 2 y 3

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 86, Parcela 2 y 3, según plano características 31-70-54.

Artículo 2º: Cúmplase con la normativa vigente dispuesta por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de proceder a la inscripción de los inmuebles indicados en el Art. 1º de la presente.
 
Artículo 3º:
Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 066/12.

Ordenanza Nº 065/12 – Ref. a Incorporar al Dominio Privado Municipal al Inmueble C II, S J, Q 6, P 26

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección J, Quinta 6, Parcela 23, según plano características 31-14-49.

Artículo 2º: Cúmplase con la normativa vigente dispuesta por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de proceder a la inscripción del inmueble indicado en el Art. 1º de la presente.
 
Artículo 3º:
Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 065/12.

Ordenanza Nº 064/12 – Ref. a Incorporar al Dominio Privado Municipal al Inmueble C II, S L, M 10, P 2b

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 10, Parcela 2b, según plano características 31-06-04.

Artículo 2º: Cúmplase con la normativa vigente dispuesta por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de proceder a la inscripción del inmueble indicado en el Art. 1º de la presente.
 
Artículo 3º:
Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 064/12.

Ordenanza Nº 063/12 – Ref. a Incorporar al Dominio Privado Municipal al Inmueble C I, S B, Ch 8, M 8m, P 16

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Chacra 8, Manzana 8m, Parcela 16, según plano características 31-30-67.

Artículo 2º: Cúmplase con la normativa vigente dispuesta por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de proceder a la inscripción del inmueble indicado en el Art. 1º de la presente.
 
Artículo 3º: 
Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 063/12.

Ordenanza Nº 062/12 – Ref. a Incorporar al Dominio Privado Municipal al Inmueble C II, S L, M 1, P 4b y 5.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 1, Parcela 4b, según plano características 31-23-2000 y Parcela 5. según plano característico 31-92-49.

Artículo 2º: Cúmplase con la normativa vigente dispuesta por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de proceder a la  inscripción de los inmuebles indicados en el Art. 1º de la presente.
 
Artículo 3º:
Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 062/12.

Ordenanza Nº 061/12 – Ref. a Incorporar al Dominio Privado Municipal al Inmueble C I, S B, Ch 7, P 20a y 20g

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Chacra 7, Parcela 20a y 20g, según plano características 31-27-60.

Artículo 2º: Cúmplase con la normativa vigente dispuesta por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de proceder a la inscripción de los inmuebles indicados en el Art. 1º de la presente.
 
Artículo 3º:
Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 061/12.

Ordenanza Nº 060/12 – Ref. a Incorporar al Dominio Privado Municipal al Inmueble C I, S C, M 90, P 1b

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 90, Parcela 1b, según plano características 31-23-98.

Artículo 2º: Cúmplase con la normativa vigente dispuesta por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de proceder a la  inscripción del inmueble indicado en el Art. 1º de la presente.
 
Artículo 3º:
Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 060/12.