Category Archive 2010

Ordenanza Nº 048/10 – Ref. A poner nombre de Mariano Montalvo al Escenario del 14 de Septiembre

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º: Impóngase el nombre de Mariano Montalvo al escenario anual que se genera para los festejos Patronales cada 14 de Septiembre.

Articulo 2: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Septiembre de dos mil diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 048/2010.

Ordenanza Nº 047/10 – Ref. A poner nombre al Complejo de Piletas El Remolino

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º: Declárese Vecino Solidario al Señor Andrés Salgado.

Articulo 2º: Institúyase el nombre de Andrés Salgado al Complejo de Pileta Municipal.

Articulo 3: Institúyase con el nombre de Jorge Rubini a la Pileta Climatizada Municipal.

Articulo 4: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Septiembre de dos mil diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 047/2010.

Ordenanza Nº 046/10 – Ref. Escrituración CI, SA, M23, P6 De Feo Marta

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 23, Parcela 6, Partida Inmobiliaria 2.605, Matricula 11.256, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-24.596/10, a nombre de Marta Noemí De Feo.

Articulo 2º:  Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere al Artículo anterior.

Artículo 3º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Septiembre de dos mil diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 046/2010.

Ordenanza Nº 045/10 – Ref. Escrituración CI, SA, M13, P10a Real Salas Mauricio

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENAZA

Articulo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a escriturar el excedente ubicado según plano características 31-20-66, como parcela 10b, Circunscripción I, Sección A, Manzana 13, a los propietarios de la parcela 10a.

Articulo 2°: Los gastos que demande la escritura traslativa de dominio, serán a cargo de los adquirentes.

Articulo 3°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Septiembre de dos mil Diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 045/10.

Ordenanza Nº 044/10 – Ref. Escrituración CIV, SE, Q164, P21a Ramollino Jorge Moreno Alicia

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENAZA

Articulo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a escriturar el excedente ubicado según plano características 31-27-07, como parcela 21a, Circunscripción IV, Sección E, Quinta 164, a los propietarios de la parcela 21B.

Articulo 2°: Los gastos que demande la escritura traslativa de dominio, serán a cargo de los adquirentes.

Articulo 3°: De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Septiembre de dos mil Diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 044/10.

Ordenanza Nº 043/10 – Ref. a la obtención de un prestamo de 5.000.000 para ampliación del Hospital

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1: Autorízase al Departamento Ejecutivo a concertar con la Provincia de Buenos Aires, a través de la Unidad de Coordinación con Organismos Multilaterales de Crédito, un préstamo por la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-), equivalentes al noventa por ciento (90%) del monto total presupuestado para la ejecución del Proyecto “AMPLIACION DEL HOSPITAL MUNICIPAL SAN JOSE” N° 03603, monto que se ajustará en el momento de la firma del Contrato de adjudicación del Proyecto.-

Artículo 2: El préstamo que se autoriza a contraer por el artículo anterior, en el marco del Programa Provincial de Desarrollo creado por Decreto N° 685/08 y su reglamentación por Resolución N° 133, estará sujeto a las siguientes condiciones financieras:  Amortización: En ciento ocho (108) cuotas mensuales.
Interés: La tasa de interés será del nueve con setenta y cinco por ciento (9.75%) anual fija.
Período de gracia del capital: Doce (12) meses, equivalentes al período de ejecución del proyecto. Los días serán contados a partir del primer desembolso.
La cuota de interés será pagadera conjuntamente con las cuotas de amortización. Durante el período de gracia el Municipio pagará intereses cada treinta (30) días, contados a partir del primer desembolso, sobre el capital efectivamente desembolsado.
La primera cuota de amortización de préstamo vencerá el día en que vence el período de gracia. El sistema de liquidación será francés adelantado.

Artículo 3: Los fondos del préstamo serán afectados íntegra y exclusivamente a la ejecución del proyecto incluido en el Programa Provincial de Desarrollo “Ampliación del Hospital Municipal San José” N° 03603.

Artículo 4°:
Los recursos provenientes del préstamo serán depositados en una cuenta corriente bancaria denominada “Programa Provincial de Desarrollo – Municipio de Exaltación de la Cruz – Proyecto N° 03603”, que se habilitará en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 5°:
Aféctase los fondos de coparticipación provincial que correspondan a este Municipio, como medio de pago y garantía del cumplimiento del Convenio de Préstamo, autorizándose a la Provincia a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, intereses y cualquier otro gasto que se origine con motivo del Convenio de Préstamo.

Artículo 6°: Créase la partida e incorpórase al presupuesto los recursos necesarios para atender al pago de: a) la contrapartida de fondos que deberá aportar la Municipalidad durante el período de ejecución del proyecto y b) el servicio de amortización e intereses del empréstito del proyecto detallado en el Artículo 3°. El Departamento Ejecutivo preverá en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios del préstamo hasta su total cancelación.

Artículo 7°: El Departamento Ejecutivo, por intermedio de la repartición correspondiente procederá a realizar la ejecución del Proyecto identificado en el artículo 3° de la presente Ordenanza conforme a las normas, reglas, trámites. Operatorias y procedimientos de contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios establecidos en el Convenio de Préstamo.

Artículo 8°: Crease la comisión de seguimiento de la ejecución del crédito integrada por un Concejal de Cada Bloque.  

Artículo 9°: De forma.  

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 043/10.

Ordenanza Nº 042/10 – Declarando de Interes Municipal el Campeonato Internacional de Salto Hípico en Haras el Capricho

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Turístico Municipal al encuentro anual denominado “CONCURSO INTERNACIONAL DE SALTO HÍPICO HARAS EL CAPRICHO”.

Articulo 2º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Agosto de dos mil diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 042/2010.

Ordenanza Nº 041/10 – Ref. Escrituración CI, SC, M88, P9 Marcelo Aurelio Agnes

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 88, Parcela 9, Partida Inmobiliaria 9462, Matricula 3906, (031) del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-20899/07, a nombre de Marcelo Aurelio Agnes.

Articulo 2º:
 Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere al Art. anterior, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 4º, inciso d) de la Ley 10.830.

Artículo 3º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Agosto de dos mil diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 041/2010.

Ordenanza Nº 040/10 – Donación de inmueble al Bº Independencia a Moyano y Melo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Dónase los Inmuebles ubicados en Bº Independencia de Parada Robles, a los siguientes beneficiarios:

Expte. 4036-24431/10 a nombre de Carlos Eduardo Moyano, L.E.: 5.591.551 Circ. IV, Sección F, Manzana 7, Parcela 1 y 12, Pda. Inmobiliaria 10045/10046.

¨ 24473/10 a nombre de Elena Blanca Melo, D.N.I.: 5.968.441 Circ. IV, Sección F, Manzana 31, Parcela 9 y 10, Pda. Inmobiliaria 10177/10178.

Articulo 2º:  En los términos del Artículo 4º inciso D de la Ley 10.830, declárese de Interés Social la escrituración de los inmuebles mencionados en el Art. 1º de la presente Ordenanza.

Artículo 3º:  Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de las Escrituras Traslativas de Dominio a favor de los beneficiarios que se refiere al Art. 1º, quedando el Departamento Ejecutivo autorizado para suscribir toda la documentación que fuera menester a esos casos.

Artículo 4º:
 De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Agosto de dos mil diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 040/2010.

Ordenanza Nº 039/10 – Declarando Patrimonio Historico al rancho de la calle monteagudo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese Patrimonio Histórico Municipal a la construc-ción de tierra ubicada en la calle Monteagudo, Nomenclatura catastral Circunscripción I, Sección A, Manzana 5, Parcela 19, para su preservación.
 
Articulo 2º:   Prográmese su consolidación y puesta en valor.

Artículo 3º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Agosto de dos mil diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 039/2010.