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Ordenanza Nº 021/97 – Defensor de Seguridad Inclusion de Ex. de la Cruz en el Decreto 328

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a solicitar a la Secretaria de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires la inclusión del Partido de Exaltación de la Cruz en los alcances del Decreto N° 328 del l9 de Febrero de l997, a través del cual se crea el denominado Defensor de Seguridad.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los catorce días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

Registrada bajo el Nº:21 /97

Ordenanza Nº 020/97 – Hospital Expropiacion de parcelas para ampliaciones

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Expropiase con cargo a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, los lotes 23-24-25 y 26, correspondientes a la Circunscripción 1, Sección D, Quinta 4, de la Ciudad de Capilla del Señor .

Artículo 2º: Destínense dichos lotes exclusivamente a los fines de futuras ampliaciones del Hospital San José y sus servicios.

Artículo 3º: Autorizase expresamente al Departamento Ejecutivo a efectuar todas las acciones y gestiones legales, administrativas, económicas y contables tendientes al mas eficaz y urgente cumplimiento de esta Ordenanza.

Artículo 4º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los catorce días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

Registrada bajo el Nº:20 /97

Ordenanza Nº 019/97 – Hospital Autorizando gestiones para dotar de lineas adicionales de Telefono

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las gestiones y gastos necesarios ante la empresa Telefónica de Argentina, a los efectos de dotar al Hospital San José de la Ciudad de capilla del Señor, de 3 (tres) líneas adicionales de teléfono, 1 (una) cabecera rotativa y Teléfonos de uso publico .

Artículo 2º: Considérese esta Ordenanza de prioridad y de urgente tramitación.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los catorce días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

Registrada bajo el Nº:19 /97

Ordenanza Nº 018/97 – Discapacidad Disponiendo privilegiar atencion a las personas discapacitadas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribucio-nes que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Disponese privilegiar la atención de toda persona discapacitada, en todo lu-gar publico, sea el mismo oficial o particular, en el Partido de Exaltación de la cruz.

Artículo 2º: Procédase a la colocación de carteles en todo lugar de atención publica, con la inscripción “Los Discapacitados tienen privilegio de atención en este local”, disponiendo la inscripción del numero de Ordenanza y fecha de pro-mulgación

Artículo 3º: Infórmese a los titulares de cualquier tipo de lugar donde se realice atención de personas, de la presente Ordenanza.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus afectos.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los catorce días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

Registrada bajo el Nº: 18/97

Ordenanza Nº 017/97 – Estacionamiento Disponiendo en calle Pellegrini

Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Dispóngase el estacionamiento de vehículos en la calle Carlos Pellegrini entre Urcelay y San Martín exclusivamente sobre la mano de numeración par.

Artículo 2º: Colóquese los carteles indicadores correspondientes.

Artículo 3º: Anúlense las Ordenanzas anteriores que contradigan a la presente.

Artículo 4º: Imputar los gastos originados en esta Ordenanza a la Partida que corresponda.

Artículo 5º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los catorce días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

Registrada bajo el Nº: 17/97

Ordenanza Nº 016/97 – Escrituracion Aprobando Clausulas Hipotecarias

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Apruébase las siguientes cláusulas hipotecarias, para todas aquellas transferencias de dominio de carácter de dominio de carácter social que se realicen en el Partido de Exaltación de la Cruz, dentro del marco de la Ley Nº 10.830., que quedarán redactadas de la siguiente manera:

“… La HIPOTECA que se constituye en este acto se regirá por las siguientes Cláusulas y Condiciones: PRIMERA : El adquirente deberá abonar las cuotas de amortización de capital por servicios vencidos del 1º al 10 de cada mes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, vencido dicho plazo, deberán abonar además de la cuota respectiva, el Interés punitorio por la Mora.. SEGUNDA : El comprador, con relación a la suma adeudada podrá acreditar sus pagos con los recibos que posea en legal forma.- TERCERA : La falta de pago de cuotas consecutivas o alternadas, dará derecho a la acreedora para considerar la obligación de plazo vencido, operándose la mora sin necesidad de interpelación judicial o Extrajudicial alguna, pudiendo iniciar la acreedora las acciones correspondientes.- CUARTA : A los efectos de cancelación anticipada del saldo de la deuda, esta será calculada en base a la cantidad real que se adeude.- Igual temperamento se aplicará para el caso de que el deudor desee cancelar cuotas anticipadas.- QUINTA : El deudor no podrá constituir sobre el inmueble ulteriores hipotecas, ni ningún otro derecho real, ni realizar pacto alguno que disminuya el valor del inmueble, sin previa autorización de la acreedora.- SEXTA : Del mismo modo, el adquirente no podrá transmitir el bien gravado y las consecuentes obligaciones hipotercarias, sin el consentimiento previo y expreso de la acreedora.- SEPTIMA : Para todos los efectos Judiciales o Extrajudiciales de este contrato, las partes se someten a los TRIBUNALES DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL ZARATE – CAMPANA, renunciando a otro fuero que pudiera corresponder.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Abril de 1997.

Registrada bajo el Nº:016/97

Ordenanza Nº 015/97 – Escrituracion Autorizando transferencia de dominio de excedente fiscal

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar la transferencia de dominio, a favor del Sr. Alberto Antonio López, con L.E. Nº 4.574.327, del excedente fiscal ubicado según plano características 31-20-93 designado catastralmente como: Circunscripción 2, Sección Q, Quinta 10, Parcela 7a, de acuerdo con los términos del Capítulo 2, Artículo 11, Inciso 2º, y Artículo 13 del Decreto-Ley 9533/80, de acuerdo con la documentación obrante en el Expediente Nº 4036-8355/96.
 
Artículo 2º:
Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 1º estarán a cargo del solicitante.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Abril de 1997.

Registrada bajo el Nº:015/97

Ordenanza Nº 014/97 – Interes Municipal Declaracion de gestiones para construccion de dos manos Ruta 8

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal, la realización por parte del Departamento Ejecutivo, de las gestiones que sean pertinentes, a efectos de solicitar ante quien corresponda la construcción de dos manos adicionales a la Ruta Nacional Nº 8 desde el Partido del Pilar hasta el Partido de Pergamino.
 
Artículo 2º:
Remítanse copia de la presente a los Departamentos Deliberativos de los distintos Partidos comprendidos en esta obra a efectos de invitarlos a adherir a esta solicitud.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Abril de 1997.

Registrada bajo el Nº:014/97

Ordenanza Nº 013/97 – Gas Natural Realizando gestiones para dotar a la Escuela Nº 4

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar todas las gestiones y erogaciones necesarias para dotar de gas natural a la Escuela Nº 4 de Parada Robles.

Artículo 2º: Las acciones establecidas en el Artículo 1º deberán ser efectuadas con carácter de muy urgente.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis días del mes de Abril de 1997.

Registrada bajo el Nº:013/97

Ordenanza Nº 012/97 – Modificacion Art. 1 Ordenanza Nº 14-96

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 14/96, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1º:Autorízase al Departamento Ejecutivo a ceder a la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, una fracción de terreno de 10 mts. de ancho por 25,85 mts. de fondo, del inmueble ubicado en la ciudad de Capilla del Señor, designado catastralmente como: Circunscripción 1, Sección A, Manzana 23, parte de la parcela 15h, para ser anexada a la parcela 15d.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis días del mes de Abril de 1997.

Registrada bajo el Nº:012/97