El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de sus atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º Autorizase la construcción de una planta de silos en el lugar y con las características que a continuación se detallan:
Ubicación: Circunscripción I, Sección E, Fracción I, Parcela 7e.
Planta a construir : 2 silos metálicos de 250 toneladas cada uno, construidos en chapa galvanizada, modelo 6,70/8.
2 conductores de aire para silos.
1 elevador.
1 balanza.
1 casilla.
Artículo 2º La planta a construirse deberá poseer un estacionamiento para camiones d entro del predio que ocupará.
Artículo 3º La habilitación de este establecimiento será por un término de 5 (cinco), años no prorrogables.
Artículo 4º La Dirección de Obras y Servicios Públicos de este Municipio se expedirá y exigirá las medidas que fueran necesarias en virtud a las normas Legales vigentes.
Artículo 5º El solicitante de esta autorización se hará cargo de la pavimentación de la calle Almirante Irizar, y de la construcción de los desagues pluviales correspondientes, entre las vías del ex ferrocarril Urquiza y la intersección con la calle José Hernandez de la Ciudad de Capilla del Señor.
Artículo 6º Las obras mencionadas en el artículo 5º estarán aprobadas y supervisadas por la Dirección de Obras y Servicios Públicos de este Municipio
Artículo 7º De forma
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de Enero de 1998.
Registrado Bajo el Nº 01/98.