Category Archive 1998

Ordenanza Nº 018/98 – Presupuesto 1997 Compensacion de partidas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribucio-nes que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Compensase las partidas que forman parte integrante del Anexo I, corres-pondientes al Presupuesto de Gastos del Ejercicio 1997, por la suma de Pe-sos Doscientos setenta y dos mil veintiuno con cuarenta y siete centavos.

Artículo 2º La compensación establecida por el artículo 1º deberá realizarse contra la economía de las partidas que se detallan como Anexo 2, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 67 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.  

Artículo 3º De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez días del mes de Junio de 1998.

Registrado bajo el Nº 18/98.

Ordenanza Nº 017/98 – Construccion en Espacio Publico Autorización

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Autorízase a realizar una construcción en el espacio público, en la intersección de las Quintas 5 y 6 de la circunscripción VI, Sección A, ( según plano de división características 31/6/77), y el camino que une Capilla del Señor y Diego Gaynor, según anteproyecto adjunto.

Artículo 2º Dicha construcción será destinada para la vigilancia de acceso y eventual control del loteo denominado “Chacras de Martín Fierro”.  

Artículo 3º
De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de Junio de 1998.

Registrado bajo el Nº 17/98.

Ordenanza Nº 016/98 – Ratificando Convenio 09-186

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Ratifícase el convenio Nº 09-186/98, cuyo texto forma integrante de la presente, suscripto entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, representada por el Sr. Intendente Municipal Cdor. Ricardo A. Bozzani, y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Administrador General Lic. Pablo Jorge Sanguinetti, para la prestación de asistencia financiera para obras de infraestructura para 82 viviendas en el Partido de Exaltación de la Cruz.

Artículo 2º Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar todos los actos administrativos y/o técnicos tendientes a la concreción de lo establecido en este convenio.  

Artículo 3º De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de mayo de 1998.

Registrado bajo el Nº 16/98.

 

Ordenanza Nº 015/98 – Ratificacion de Convenio

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Ratifícase el convenio Nº 09-185/98, cuyo texto forma integrante de la presente, suscripto entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, representada por el Sr. Intendente Municipal Cdor. Ricardo A. Bozzani, y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Administrador General Lic. Pablo Jorge Sanguinetti, para la prestación de asistencia financiera para la construcción de 9 módulos de viviendas completas en el Partido de Exaltación de la Cruz.

Artículo 2º Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar todos los actos administrativos y/o técnicos tendientes a la concreción de lo establecido en este convenio.  

Artículo 3º De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de mayo de 1998.

Registrado bajo el Nº 15/98.

 

Ordenanza Nº 014/98 – Ratificación Acuerdo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Ratifícase el acuerdo Nº 09-188/98, cuyo texto forma integrante de la presente, suscripto entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, representada por el Sr. Intendente Municipal Cdor. Ricardo A. Bozzani, y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Administrador General Lic. Pablo Jorge Sanguinetti.

Artículo 2º Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar todos los actos administrativos y/o técnicos tendientes a la concreción de lo establecido en este convenio.  

Artículo 3º De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de mayo de 1998.

Registrado bajo el Nº 14/98

Ordenanza Nº 013/98 – Confiterias Estableciendo sistema de habilitaciones

Ordenanza Nº 013-98 Confiterias Estableciendo sistema de habilitaciones El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º El Departamento Ejecutivo no podrá otorgar habilitaciones definitivas de confiterías bailables, pubs bailables, discotecas, bailantas, clubes nocturnos, boites, y/o similares, o todo otro tipo de local de diversión, en las zonas urbanas, sub-urbanas y residenciales del Partido de Exaltación de la Cruz, si su funcionamiento produce perturbaciones de la convivencia vecinal.

Artículo 2º Se considera perturbación de la convivencia vecinal, cuando a causa y como consecuencia del funcionamiento de los locales mencionados en el Artículo 1º, los vecinos que habiten en las adyacencias de los citados establecimientos formulen denuncias por ruidos molestos y/o inconductas de los asistentes, aún las que se producen en la vía pública. En el caso de incidentes en la vía pública, los mismos deberán ser constatados por funcionarios públicos, y/o por miembros de las fuerzas de seguridad.

Artículo 3º Cuando se produzcan reiteradas denuncias por parte de los vecinos, el Departamento Ejecutivo podrá clausurar preventivamente el local hasta que cesen o se regularicen los actos o hechos denunciados. En caso de reincidencia, se dispondrá la clausura definitiva del local.

Artículo 4º Establécese la obligatoriedad de la colocación de detectores de metales en la puerta de ingreso de los locales a que hace referencia el Artículo 1º de la presente. La requisitoria de este artículo deberá ser cumplimentada dentro de los treinta días de promulgada esta Ordenanza.

Artículo 5º Ratifícase el Decreto Nº 52/98, dictado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 6º De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez y ocho días del mes de mayo de 1998.

Registrado bajo el Nº 13/98.

Ordenanza Nº 012/98 – Inmuebles Enajenacion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo a la enajenación de los inmuebles que a continuación se detallan:

a) Expediente Nº 4036-6176/92: Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección J, Quinta 30, Parcela 4b, según plano características 31-126-97, a nombre de Juan R. Zurita, con D.N.I. Nº 4.740.670, y Elvira Anadelia Gómez con D.N.I. Nº 878.058.-

b) Expediente Nº 4036-6564/93: Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección J, Quinta 30, parcela 4c, según Plano características 31-126-97, a nombre de Juan Enrique González, con D.N.I. Nº 11.999.801, y Zulma Beatriz Ojeda, con D.N.I. Nº 18.330.886.

Artículo 2º Facúltase al Departamento Ejecutivo a convenir el pago en cuotas de la enajenación establecida por el Artículo 1º.  

Artículo 3º
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de mayo de 1998.

Registrado bajo el Nº 12/98.

Ordenanza Nº 011/98 – Ratificando Decreto 79

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Ratifícase el Decreto Nº 79 del 20 de Abril de 1998.  

Artículo 2º  De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Mayo de 1998.

Registrado bajo el Nº 11/98.

Ordenanza Nº 010/98 – Ordenanza Nº 03-98 Derogando Art.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Deróganse los Artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 03/98

Artículo 2º  Apruébase la localización de un emprendimiento urbanístico, de acuerdo con las características y requisitos establecidos por el Decreto
Nº 27/98 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, en los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción IV, Sección Rural, Parcelas 1463 a, 1463 b y 1472 ss.

Artículo 3º  De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Mayo de 1998.

Registrado bajo el Nº 10/98.

Ordenanza Nº 009/98 – Ordenanza 02-98 Derogando art 1 y 2

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz , en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º  Deróganse los artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 02/98.  

Artículo 2º Apruébase la localización de un emprendimiento urbanístico, de acuerdo con las características y requisitos establecidos por el Decreto Nº 27/98 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, en los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción IV, Sección Rural, Parcelas 731 a 731 b y 732.

Artículo 3º  De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Mayo de 1998.

Registrado bajo el Nº 09/98.