Category Archive 1999

Ordenanza Nº 069/99 – Agua Potable Creando Registro de Perforaciones

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Créase el Registro de Perforaciones para la obtención de agua potable y pereforaciones para riego en el Partido de Exaltación de la Cruz, que será implementado a través de la Dirección de Obras y Servicios Públicos.

Artículo 2º:  En dicho registro deberán inscribirse con carácter obligatorio las empresas y/o personas especializadas que pretendan realizar la actividad de perforaciones para la obtención de agua potable en el ámbito de este Partido, a cuyo efecto deberán acreditar requisitos que exija el Departamento Ejecutivo por vía de reglamentación de conformidad con las disposiciones de la Ley Provincial Nº 5376 y su Decreto Reglamentario Nº 6553/74.

Artículo 3º: Los propietarios de inmuebles, deberán solicitar ante el registro que se crea por el artículo primero de la presente Ordenanza, la autorización para ejecutar perforaciones para la obtención de agua potable y/o riego, debiendo acreditar la contratación de empresas y/o personas físicas que cuenten con la inscripción exigida por el artículo segundo de esta norma.

Artículo 4º: Los propietarios de inmuebles que dejen de utilizar perforaciones existentes, deberán proceder a su sellado de conformidad con las normas de la Ley Provincial N° 5376 y su Decreto Reglamentario, para evitar la contaminación de las napas de agua subterraneas, dando intervención a las autoridades del Registro para su inscripción y verificación.

Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo deberá reglamentar lo atinente a la localización de las perforaciones para la obtención de agua potable, metodología para la ejecución de los mismos, requisitos, inspecciones y sanciones, de conformidad con las disposiciones provinciales precedentemente mencionada.

Artículo 6°: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 69/99

Ordenanza Nº 068/99 – Presupuesto 2000

 El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Fíjase en la suma de Pesos Nueve millones ciento un mil setecientos ($9.101.700.-), el total de erogaciones del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal para el ejercicio 2000, con destino a cada una de las jurisdicciones que se indican a continuación, y cuya clasificación económica y por objeto del gasto se detallan en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

 DEPARTAMENTO DELIBERATIVO  $ 166.907
 DEPARTAMENTO EJECUTIVO  $ 8.934.793
 TOTAL  $ 9.101.700

Artículo 2º:  Estímase en la suma de Pesos Nueve millones cinto un mil setecientos ($9.101.700.-), el Cálculo de Recursos destinado a atender los gastos a que se refiere el Artículo 1º, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas anexas que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3º: Apruébase una planta de personal de 270 agentes, incluyendo 12 Concejales.
Dicha planta comprende el personal permanente y/o contratado.
Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar cambios de categorías y/o escalafón del personal municipal.

Establécense 2 Secretarias, a saber:
Secretaria de Coordinación General
Secretaria de Salud.

Establécense 13 Direcciones, a saber:
Dirección de Acción Social.
Dirección de Cultura y Turismo
Dirección de Deportes
Dirección de Recaudaciones
Dirección Hospital Municipal
Dirección de Atención Primaria
Dirección de Obras y Servicios Públicos
Dirección de Producción y Medio Ambiente
Dirección de Personal
Dirección de Bromatología
Tesorero
Jefe de Compras
Jefe de Mesa de Entradas
Asimílanse a las categorías de Director a los siguientes cargos:
Juez de Faltas Municipal
Asesor Legal
Delegado de Los Cardales
Delegado de Parada Robles
Encargado Técnico Sala 1º Auxilios Los Cardales
Encargado Técnico Sala 1º Auxilios Parada Robles
Establécese una Secretaria en Honorable Concejo Deliberante.

Establécense los siguientes valores máximos, para los conceptos que se detallan a continuación:
JORNAL $ 9.-
GUARDIAS MEDICAS $ 200.-
AUXILIARES DE ENFERMERIA $ 100.-
ASIST. SOCIAL S/MOV.p/cons. $ 14.-
ASIST. SOCIAL C/MOV. p/cons. $ 18.-
GUARDIAS MED. DE TERAPIA INTENSIVA $ 500.-

Autorízase el pago de salarios a destajo a razón de hasta dos pesos con cincuenta ($2.50) bruto por unidad que se fije.
Autorízase el pago de bonificaciones especiales, en función de la productividad, y/u otros conceptos que determine el Departamento Ejecutivo.

Artículo 4º: Estímase el Balance y Resultado Financiero Preventivo para el ejercicio 2000, de acuerdo al siguiente esquema y en función del detalle obrante en las Planillas anexas que forman parte de la presente Ordenanza.

 RECURSOS (ART. 2º)  $9.101.700
 MENOS  
 EROGACIONES (ART. 1º)   $9.101.700
 RESUL. FINANCIERO PREV.  $ -.- .
   
 RECURSOS CORRIENTES   $8.301.200
 MENOS  
 EROGACIONES CORRIENTES   $7.538.773
 AHORRO  $ 762.427.
   
 EROGACIONES DE CAPITAL  $1.562.927
 MENOS  
 RECURSOS DE CAPITAL     $ 800.500
 INVERSIÓN  $ 762.427

Artículo 5º Apruébase el nomenclador de erogaciones y recursos, y el Plan de Cuentas, que se incluyen como anexo de la presente Ordenanza.

Artículo 6º Apruébase las escalas de sueldos que se incluyen como anexo de la presente Ordenanza.

Artículo 7º De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 68/99

 

Ordenanza Nº 067/99 – Ratificación de Convenio entre la Sociedad Rural y la Municipalidad

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Convenio Suscripto entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, representada por el Sr. Intendente Municipal, Cdor. Ricardo Angel Bozzani, y la Sociedad Rural de Exaltación de la Cruz. Campana Zárate, representada por su Presidente, Dr. Alfredo Balige, que como anexo I, forma parte integrante de la presente.
 
Artículo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 67/99

Ordenanza Nº 066/99 – Ordenanza 10-94 Modificando Art. 3

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribucio-nes que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifícase el Artículo 1° de la Ordenanza 26/99, modificatoria de la Orde-nanza 10/94, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 3°: La comisión creada por el Artículo 2° quedará conformada de la siguiente forma:

PRESIDENTE: Sr. Intendente Municipalidad.
VICE PRESIDENTE: Sr. Director de Cultura.
SECRETARIO: 1 Miembro del H.C.D.
VOCALES: 1 miembro del H.C.D. por cada bloque
partidario excluido quien ocupe el cargo de Secre-tario.
1 representante de la Dirección de Obras Públicas
Arquitectas de Preservación Histórica de la Muni-cipalidad.
Asesor Letrado Municipal.
4 Vecinos de la Ciudad de Capilla del Señor, desig-nados por el H.C.D..

Artículo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 66/99

Ordenanza Nº 065/99 – Escrituracion Declaracion de Interes Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribucio-nes que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Social las Escrituraciones de los bienes inmuebles de-signados   catastralmente como:
Circunscripción: II, Sección: L, Manzana: 86, Parcela: 25, Partida Inmobilia-ria: 13267- Matricula: 14843, a favor de González Rosa María D.N.I. 12.844.481.
Circunscripción: II, Sección: L, Manzana: 86, Parcela: 26, Partida Inmobilia-ria: 13268- Matricula: 14844, a favor de González Selva Teresa D.N.I. 11.705.754
Circunscripción: II, Sección: L, Manzana: 86, Parcela: 27, Partida Inmobilia-ria: 13269- Matricula: 14845, a favor de González Ramón Antonio D.N.I. 13.561.742.
Circunscripción: II, Sección: L, Manzana: 86, Parcela: 28, Partida Inmobilia-ria: 13270- Folio 199/71, a favor de González José Clemente de Jesús D.N.I. 10.253.915.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Pro-vincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslati-va de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº  65/99

Ordenanza Nº 064/99 – Escrituracion DEclaracion de Interes Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado   catastralmente como: Circunscripción: II, Sección: J, Quinta: 28, Parcela: 7, Partida Inmobiliaria: 031-9893- Matricula: 5432, a favor de Pablo Fabián Medina, D.N.I. 20.212.921 y Beatriz Verónica Galarza, D.N.I. 24.321.134
 
Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº  64/99

Ordenanza Nº 063/99 – Escrituracion Declaracion de Interes Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción: IV, Sección: F, Manzana: 5, Parcela: 1, Partida Inmobiliaria: 031-10008, a favor de Cipriano Nicolás Almeida, D.N.I. 11.471.527, y Gladis Ester Miranda, D.N.I. 12.600.392.
 
Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 63/99

Ordenanza Nº 062/99 – Escrituracion Declaracion de Interes Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción: IV, Sección: H, Manzana: 120, Parcelas: 8 y 9, Partidas Inmobiliarias: 15965 y 15966 respectivamente, del Partido de Exaltación de la Cruz.
 
Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio de los inmuebles a que se refiere el Artículo anterior

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 62/99

Ordenanza Nº 061/99 – Decreto 195 Ratificacion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Decreto N° 195 del 01 de Septiembre de 1999.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 61/99

 

Ordenanza Nº 060/99 – Zona Agropecuaria Desafectando parcelas 415d,e,f

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Desaféctase de la Zona Agropecuaria de acuerdo al Código de Planeamiento Territorial del Partido de Exaltación de la Cruz, al sector comprendido por los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción: II – Sección: Rural – Parcelas: 415d, 415e y 415f.-

Artículo 2º: El sector comprendido por las parcelas mencionadas en el Artículo 1°, pasan a integrar la Zona Residencial Exclusiva Extraurbana Densidad Baja ( XREbb), a los efectos de cumplimentar los requisitos establecidos por Decreto N° 27/98 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 3º: Establécense para el sector delimitado por la presente Ordenanza los siguientes indicadores urbanísticos:

a) F.O.S. : 0,40
b) F.O.T. : 0,50
c) D.N. : 60 hab/ha.
d) Dimensiones Mínimas Parcelas: Ancho 30 mts.
Superficie 1.500 mts.2
e) Espacios Libres:
– Fondo Libre Obligatorio: Fondo parcela 15 mts.
– Retiro Frente Obligatorio: 15 mts.
– Retiro Lateral Obligatorio: 10 mts.

Artículo 4º: La Municipalidad de Exaltación de la Cruz, no aceptará ningún tipo de reclamo de los futuros propietarios de este emprendimiento urbanístico, por los trastornos que se pudieran ocasionar por estar lindando con una Zona Agropecuaria de acuerdo al Código de Planeamiento Territorial; en la que se desarrollan distintas actividades concernientes a la misma y que por diversos motivos pueden ser molestas y no compatibles con una Zona Residencial

Artículo 5º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 60/99