Category Archive 2003

Ordenanza Nº 064/03 – Ref. A Allanarse a la demanda en Autos caratulados Alonso Angela

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Autorízase al Departamento Ejecutivo a allanarse a la demanda en autos caratulados: “ALONSO ANGELA GENEROSA C/NN S / USUCAPION” Expte. 787/98 que tramita ante el Juzgado de Paz Letrado de Capilla del Señor.

Articulo 2° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Octubre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 064/2003

Ordenanza Nº 063/03 – Ref. A ratificar el acta de reterminación de precios de 8 Viviendas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Ratifícase en todos sus término el Acta de Redeterminación de Precios de Obras en Ejecución, Firmada el 17/09/03, correspondiente al Convenio N° 09-088-99, para la construcción de 8 viviendas en Exaltación de la Cruz.

Articulo 2°
Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar todos los actos administrativos y/o técnicos tendientes a la concreción de todo lo dispuesto en el texto del citado documento.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Octubre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 063/2003

Ordenanza Nº 062/03 – Ref. A autorizar el cambio de zonificación

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Exclúyase de la Zona Residencial Exclusiva Extraurbana densidad baja (XREbb), al bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección Rural, Parcelas 1193a.

Articulo 2° El inmueble al que hace mención el Articulo 1° de la presente, pasa a integrar la Zona Agropecuaria establecida en el Código de Planeamiento Territorial del Partido de Exaltación de la Cruz, según Ordenanza 60/97, tal como estuviera anteriormente zonificado.

Articulo 3° Todo uso que pueda considerarse molesto, nocivo o peligroso a criterio de las autoridades Municipales para la población de los bienes funcionales o materiales del sector, podrá ser denegado por éstas mediante resolución fundada, de acuerdo con las pautas y lineamientos Municipales y Provinciales Vigentes.

Articulo 4°  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Octubre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 062/2003

Ordenanza Nº 061/03 – Aceptando la donación de dos terrenos en la localidad de Arroyo de la Cruz

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Acéptase a favor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz la donación de dos terrenos ubicados en la localidad de Arroyo de la Cruz, designados catastralmente como: Circunscripción III, Sección B, Manzana 51, Parcelas 28 y 29, Partidas Inmobiliarias 5303 y 5304, respectivamente; pertenecientes a María Antonia Alvaro D.N.I. 93.456.941; José Bianco D.N.I. 13.159.888 y Angel Bianco D.N.I. 14.498.441 para la cancelación de deuda de tasas de servicios generales.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio, de los Inmuebles a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Octubre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 061/2003

Ordenanza Nº 060/03 – Modificación de la Ordenanza 67-02 Ex. 100 % Tasa Serv. Grales. y habilitació

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Modifícase el Artículo 2° de la Ordenanza 67-02, el que quedará redactado de la siguiente forma: Articulo 2°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene y Habilitación Municipal, al comercio ubicado en el inmueble a que hace referencia el Artículo 1° de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 20-2002.

Articulo 2°: Agrégase el Artículo 3° a la Ordenanza 67-02 el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 3°: De Forma.

Artículo 3°:  De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los catorce días del mes de Octubre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 060/2003

Ordenanza Nº 059/03 – Escrituración de Bien Inmueble CII, SL,Manz. 118, Expte 4036-13352-02

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárese de interés social la escrituración de un bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 118, Parcela 3,4, Pda. Inmobiliaria 27.928, 17929, D.H. 9383/73, con la relación a la Insc. F° 45/1928, (031), del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-13352/02.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3°
De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Septiembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 059/2003

Ordenanza Nº 058/03 – Escrituración de Bien Inmueble CI, SB,chacra3, Expte 4036-15421-03

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárese de interés social la escrituración de un bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Chacra 3, Manzana 3R, Parcela 2, Pda. Inmobiliaria 27.580, Matricula 12016, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-15421/03.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Septiembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 058/2003

Ordenanza Nº 057/03 – Escrituración de Bien Inmueble CII, SC,Manz. 26, Expte 4036-15419-03

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárese de interés social la escrituración de un bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 26, Parcela 3, Pda. Inmobiliaria 16093, Inscripción F° 11071, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-15419/03.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Septiembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 057/2003

Ordenanza Nº 056/03 – Escrituración de Bien Inmueble CII, SJ,Qta. 22, Expte 4036-15418-03

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárese de interés social la escrituración de un bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección J, Qta. 22, Parcela 4, Pda. Inmobiliaria 9775, Matricula 47, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-15418/03.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Septiembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 056/2003

Ordenanza Nº 055/03 – Escrituración de Bien Inmueble CII, SC,Manz. 24, Expte 4036-15416-03

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárese de interés social la escrituración de un bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 24, Parcela 7, Pda. Inmobiliaria 15594, F° 366/71, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-15416/03.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Septiembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 055/2003