Category Archive 2003

Ordenanza Nº 074/03 – Discapacitados Eximisión de Tasas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°:  Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, Seguridad e Higiene y Habilitación Municipal, a todas aquellas familias de bajos recursos económicos residentes en nuestro distrito, que posean en su núcleo familiar un hijo, un nieto o cónyuge a cargo DISCAPACITADO en más de un 75 %.

ARTÍCULO 2°:  La eximisión del pago de la tasa de Servicios Generales a que se refiere el artículo 1° corresponderá a la vivienda Propia única y permanente en donde resida la persona discapacitada aunque no sea el titular de la tasa, o de la vivienda.

ARTÍCULO 3°: La eximisión del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene y de la Habilitación Municipal, será del 100%, para todas aquellas familias que en su núcleo familiar posean un hijo, un nieto o cónyuge a cargo DISCAPACITADO en las condiciones previstas en el Artículo 1°, siempre que posean pequeños comercios, Kioscos, Almacenes de Barrio, Reventa de Pan, Verdulerías, Taxistas o Remiseros y todo aquel comercio minorista que implique una fuente de trabajo para sus propietarios (Padres o Abuelos y Cónyuges) y estén atendidos por ellos.
 
ARTÍCULO 4°: Para acceder a este beneficio se deberán cumplimentar los requisitos y Documentación siguiente:

REQUISITOS:
1) Los Ingresos del Grupo Familiar no deben superar un sueldo y medio básico de la categoría inferior del escalafón administrativo municipal, sin bonificaciones o adicionales.
2) Deben acreditar residencia permanente en nuestro municipio y una antigüedad mínima de 5 años.
DOCUMENTACIÓN:
1) Nota dirigida al Honorable Concejo Deliberante, solicitando el beneficio y explicando detalladamente la situación familiar, con la cual se abrirá el correspondiente Expediente administrativo.
2) Fotocopias de los Documentos personales de todos los integrantes del grupo familiar, donde conste el domicilio y la antigüedad en el distrito.
3) Resumen de Historia Clínica emitida por el Hospital Municipal San José de Capilla del Señor, o por entidades sanitarias oficiales, en donde conste también el grado de discapacidad del beneficiario.
4) Declaración Jurada de ingresos ante el Juzgado de Paz de Exaltación de la Cruz, y de renuncia expresa a recibir el beneficio en caso de modificarse la situación socioeconómica que dio origen al mismo.
5) Fotocopias de los recibos de haberes de todos los integrantes del grupo familiar.
6) Informe socio-ambiental confeccionado por alguna de las asistentes sociales del Municipio.
7) Para el beneficio de la tasa de Seguridad e Higiene y para la Habilitación Municipal se deberá acompañar en el expediente generado en la Dirección de Producción y Medio Ambiente y en la Dirección de Bromatología, de toda la documentación solicitada en los puntos anteriores.
8) Fotocopia del Título de Propiedad o Boleto de Compra Venta, o cualquier otra documentación referida a la titularidad del inmueble que se pretende eximir.
9) El incumplimiento de cualquiera de los Requisitos o de la Documentación exigida en la presente es condición excluyente para recibir el beneficio de esta Ordenanza.

ARTÍCULO 5°: El Honorable Concejo Deliberante queda facultado para otorgar el beneficio por vía de excepción, en aquellos casos que se considere necesario por situaciones extremas.

ARTÍCULO 6°:
Autorizase al Departamento Ejecutivo a reglamentar todos los aspectos no previstos en la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 7°: Derógase la Ordenanza 20/2002.

ARTÍCULO 8°: Derógase la Ordenanza 43/2002.

ARTÍCULO 9°: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 074/03

Ordenanza Nº 073/03 – Ex. 100 % Tasa Serv. Grales.y habil. por Disc. Nieto, Alfredo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 20-2002, según Expediente 4036-15523/03; al inmueble designado Catastralmente como: Circunscripción I, Sección “A”, Manzana 5, Parcela 17, Partida Inmobiliaria N° 3386, Contribuyente N° 10287, Orden N° 94, perteneciente a Saavedra, Amanda Estela, (Disc. Nieto, Alfredo Martín 75%).

Articulo 2°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene y Habilitación Municipal; mientras dure la relación contractual con el Sr. Nieto, Alfredo Martin; al comercio ubicado en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección “A”, Manzana 9, Parcela 1e, Partida Inmobiliaria N° 23044, Contribuyente N° 8334, Orden N° 3964, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 20-2002.

Articulo 3°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 073/2003

Ordenanza Nº 072/03 – Ex. 100 % Tasa Serv. Grales. por Disc. Errandonea, Amelia Juliana

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 20-2002, según Expediente 4036-15700/03; al inmueble designado Catastralmente como: Circunscripción I, Sección “A”, Manzana 36, Parcela 12b, Partida Inmobiliaria N° 15808, Contribuyente N° 4320, Orden N° 922, perteneciente a Errandonea, Amelia Juliana, (Disc. Bardelli, Juliana Ester 91%).

Articulo 2°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 072/2003

Ordenanza Nº 071/03 – Escrituración de Bien Inmueble CI, SD,Q5, Manz. 5b, Expte 4036-15259-03

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárese de interés social la escrituración de un bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Quinta 5, Manzana 5b, Parcela 11, Pda. Inmobiliaria 27973, Matricula 14489, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-15259/03.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 071/2003

Ordenanza Nº 070/03 – Escrituración de Bien Inmueble CI, SD,Q5, Manz. 5d, Expte 4036-15423-03

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárese de interés social la escrituración de un bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Quinta 5, Manzana 5d, Parcela 4, Pda. Inmobiliaria 28004, Matricula 14403, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-15423/03.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 070/2003

Ordenanza Nº 069/03 – Incorporación de dos fracciones de terrenos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Acéptase la incorporación al dominio de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz los bienes designados catastralmente como: Circunscripción III, Sección P, Quinta 32, Parcelas 1 y, Circunscripción IV, Sección M, Quinta 26, Parcelas 1, Planos características 31-33-76 y 31-7-74 respectivamente, de conformidad con los Artículos 2° y 6° del Decreto-Ley 9533/80.

Articulo 2° Procédase a la registración dominial de acuerdo a la Disposición Técnica Registral 1/82.
 
Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 069/2003

Ordenanza Nº 068/03 – Presupuesto año 2004

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Fíjase en la suma de Pesos Once millones ochocientos setenta mil ( $ 11.870.000.-)el total de erogaciones del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal para el ejercicio 2004, con destino a cada una de las jurisdicciones que se indican a continuación, y cuya clasificación económica y por objeto del gasto se detallan en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

 DEPARTAMENTO DELIBERATIVO  $ 197.557
 DEPARTAMENTO EJECUTIVO  $ 11.672.443
 TOTAL  $ 11.870.000

 
Artículo 2º:
 Estímase en la suma de Pesos Once millones ochocientos setenta mil ($11.870.000.-) Cálculo de Recursos destinado a atender los gastos a que se refiere el Artículo 1º, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas anexas que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3º: Apruébase una planta de personal de 452 agentes, incluyendo 12 Concejales.
Dicha planta comprende el personal permanente y/o contratado.

Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar cambios de categorías y/o escalafón del personal municipal.

Establécense 4 Secretarias, a saber:
Secretaría de Coordinación General
Secretaría de Hacienda
Secretaría de Salud.
Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Planeamiento y Obras Particulares

Establécense 11 Direcciones, a saber:

Dirección de Acción Social.
Dirección de Cultura
Dirección de Turismo
Dirección de Deportes
Dirección de Recaudaciones
Dirección Hospital Municipal
Dirección de Atención Primaria
Dirección de Obras y Servicios Públicos, Planeamiento y Obras Particulares
Dirección de Producción y Medio Ambiente
Dirección de Personal
Dirección de Bromatología

Asimílanse a las categorías de Director a los siguientes cargos:

Tesorero
Juez de Faltas Municipal
Jefe de Compras
Jefe de Mesa de Entradas
Asesor Legal
Delegado de Los Cardales
Delegado de Parada Robles
Delegado de Pavón
Encargado Técnico Sala 1º Auxilios Los Cardales
Encargado Técnico Sala 1º Auxilios Parada Robles

Establécese una Secretaria en el Honorable Concejo Deliberante.

Establécense los siguientes valores máximos, para los conceptos que se detallan a continuación:

 JORNAL  $ 10.-
 GUARDIAS MEDICAS  $ 200.-
 AUXILIARES DE ENFERMERIA  $ 110.-
 ASIST. SOCIAL S/MOV.p/cons.  $ 14.-
 ASIST. SOCIAL C/MOV. p/cons.  $ 18.-
 GUARDIAS MED. DE TERAPIA INTENSIVA  $ 300.-

 
Autorízase el pago de salarios a destajo a razón de hasta dos pesos con cincuenta ($2,50) bruto por unidad que se fije.
Autorízase el pago de bonificaciones especiales, en función de la productividad, y/u otros conceptos que determine el Departamento Ejecutivo.

Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar en el área que crea necesaria, de acuerdo al índole de la actividad jornada prolongada de hasta 9 horas por turno.

Artículo 5° Estímase el Balance y Resultado Financiero Preventivo para el ejercicio 2004, de acuerdo al siguiente esquema y en función del detalle obrante en las Planillas anexas que forman parte de la presente Ordenanza.

 RECURSOS (ART. 2º)  $ 11.870.000
 –  
 EROGACIONES (ART. 1º)  $ 11.870.000
 RESUL. FINANCIERO PREV. -.-
   
 RECURSOS CORRIENTES  $ 11.869.500
 –  
 EROGACIONES CORRIENTES  $ 10.501.531
 AHORRO  $ 1.367.969
   
 EROGACIONES DE CAPITAL  $ 1.368.469
 –  
 RECURSOS DE CAPITAL           $ 500
 INVERSIÓN  $ 1.367.969

 
Artículo 6º Apruébase el nomenclador de erogaciones y recursos, y el Plan de Cuentas, que se incluyen como anexo de la presente Ordenanza.

Artículo 7º Apruébase las escalas de sueldos que se incluyen como anexo de la presente Ordenanza.

Artículo 8º De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 068/2003

Ordenanza Nº 067/03 – Ex. 100 % Tasa Serv. Grales. por Disc. Cattaneo, Rodolfo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 20-2002, según Expediente 4036-15614/03; al inmueble designado Catastralmente como: Circunscripción II, Sección “J”, Manzana 32b, Parcela 8, Partida Inmobiliaria N° 12111, Contribuyente N° 173, Orden N° 5768, perteneciente a Cattaneo, Rodolfo, (Disc. Cattaneo, Rodolfo 80%).

Articulo 2°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Noviembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 067/2003

Ordenanza Nº 066/03 – Ref. A autorizar al DE a buscar Sponssors para la señalización de la Calles

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Se autoriza al Departamento Ejecutivo a buscar “Sponssors” para realizar la señalización de las calles del Partido.  

Articulo 2°
Determínase que la concesión sea de tres años con opción a dos más.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Octubre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 066/2003

Ordenanza Nº 065/03 – Ref. A autorizar el cambio de sentido de las calle el los Cardales

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Autorízase al Departamento Ejecutivo a señalizar las calles de Los Cardales, en su casco urbano respetando el siguiente sentido:

Calle San Martín mano y contramano hasta la intersección con Mitre.
Desde Buenos Aires por Estrada hasta San Martín.
Desde San Martín por Pueyrredón hasta Buenos Aires. Desde Buenos Aires por Libertad y Mitre hasta San Martín.
Alberti desde 25 de Mayo hacia San Martín.
Desde San Martín por Rivadavia hasta 25 de Mayo.
Las calles que bordean el Ferrocarril conservan el mismo sentido.  

Articulo 2° Autorízase al Departamento Ejecutivo a través de las direcciones correspondientes a rever, aplicar o modificar el sentido otorgado por la presente Ordenanza de acuerdo a las obras de infraestructura previstas en esa Localidad.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Octubre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 065/2003