Category Archive 2007

Ordenanza Nº 106/07 – Aprobación alturas domiciliarias B. Jularó

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Apruébase los nombres de calles y alturas domiciliarias, del barrio denominado “Jularo” de la localidad de Parada Robles, de acuerdo a Anexo I que forma parte de la presente.-  

Artículo 2°:
Creáse el respectivo registro con las alturas domiciliarias correspondiente a cada parcela.-

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.- Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Diciembre de dos mil siete.-

Registrada Bajo el N° 106/2007.
 

Ordenanza Nº 105/07 – Presupuesto en Ejercicio 2008

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Fíjase en la suma de PESOS VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL ($28.287.000.) el total de erogaciones del PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL para el Ejercicio 2008, con destino a cada una de las jurisdicciones que se indican a continuación, y cuya clasificación por categoría programática, por objeto del gasto , por finalidad y función, por fuente de financiamiento y por su naturaleza económica de acuerdo a lo establecido por el articulo 13 del Tomo 10 del Decreto 2980, se detallan en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  $ 445.853.99
 1110100000 DEPARTAMENTO EJECUTIVO  $ 27.841.146.01
 TOTAL  $ 28.287.000.00

Artículo 2°: Estímase en la suma de PESOS VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL ($28.287.000.-), el CALCULO DE RECURSOS destinado a atender los gastos a que se refiere el Articulo 1°, cuya clasificación por Rubro, carácter económico y por su procedencia de acuerdo a lo establecido por el articulo 13 del Tomo 10 del Decreto 2980 se detalla en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 3°:
Establécese la ESTRUCTURA PROGRAMATICA confeccionada de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 2980, que se detalla en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

Articulo 4°:
Apruébase una planta de personal de 582 agentes, incluyendo 12 Concejales. Dicha planta comprende el personal permanente y temporario (personal contratado y jornalizado).

Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar cambios de categorías y/o escalafón del personal municipal.

Establécense 5 Secretarias a saber:

Secretaria de Gobierno
Secretaria de Hacienda
Secretaria de Obras y Servicios Públicos
Secretaria de Salud Secretaria de Seguridad

Establecense 13 Direcciones a saber:

Dirección de Acción Social
Dirección de Cultura
Dirección de Educación
Dirección de Turismo
Dirección de Deportes
Dirección de Recaudaciones
Dirección Medica Hospital Municipal
Dirección Administrativa Hospital Municipal
Dirección de Atención Primaria Dirección de Obras y Servicios Públicos, Planeamiento y Obras Particulares
Dirección de Producción y Medio Ambiente Dirección de Recursos Humanos Dirección de Bromatología

Asimilanse a las categorías de Director a los siguientes cargos:

Tesorero
Juez de Faltas Municipal
Jefe de Compras Jefe de Mesa de Entradas
Asesor Legal Delegado de Los Cardales
Delegado de Parada Robles
Delegado de Pavón
Encargado Técnico Sala 1° Auxilios Los Cardales
Encargado Técnico Sala 1° Auxilios Parada Robles

Establécese una Secretaria en el Honorable Concejo Deliberante.

Establécese los siguientes valores máximos para los conceptos que se detallan a continuación:

JORNAL DE 6 HS.   $ 18.79.-
GUARDIAS MEDICAS  $ 280.-
AUXILIARES DE ENFERMERIA   $ 150.-
ASIST. SOCIAL S/MOV. p/cons.  $ 17.-
ASIST. SOCIAL C/MOV. P/cons.    $ 22.-
GUARDIAS MED. DE TERAPIA INTENSIVA   $ 390.-

Autorizase el pago de bonificaciones especiales, en función de la productividad, y/u otros conceptos que determine el Departamento Ejecutivo.-

Artículo 5°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a implementar en el área que crea necesaria, de acuerdo al índole de la actividad jornada prolongada de hasta 9 horas por turno.-

Artículo 6°: Estimase la Cuenta de Ahorro, Inversión y Financiamiento para el Ejercicio 2008, de acuerdo a lo establecido por el Decreto 2980 según planilla anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

INGRESOS CORRIENTES   $ 28.258.000,00
 –  
GASTOS CORRIENTES        $ 26.709.601,31
 
AHORRO CORRIENTE
 
$ 1.548.398,69

 
RECURSOS DE CAPITAL
 $ 29.000,00
 –  
MENOS GASTOS DE CAPITAL    $ 205.398,69
   $ 176.398.69

RESULTADO FINANCIERO
  $ 1.372.000,00 
FUENTE FINANCIERA   $ -0-
APLICACIONES FINANCIERAS $ 1.372.000,00 

Artículo 7°: Apruébase la escala salarial que se incluye como anexo de la presente Ordenanza.-

Artículo 8°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Diciembre de dos mil siete.

Registrada Bajo el N° 105/2007.

Ordenanza Nº 104/07 – Modif. Art. 1º Ord. 037-2004 Sra. de Hermida

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza 037/2004, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1º: Transfiérase en carácter gratuito el dominio de la calle colectora cedida por el Plano 31-58-59, cuyo recorrido involucra a la Parcela 826 K, Circunscripción IV, Sección Rural, a la Señora ENRIQUETA ROBLES DE HERMIDA.-

Artículo 2°: Cominíquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Diciembre de dos mil siete.-

Registrada Bajo el N° 104/07.-

 

Ordenanza Nº 103/07 – Nombre Sub-Crio. Juan P. Claro a calle de V. Taurel

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Desígnase con el nombre de Sub-Crio. JUAN PEDRO CLARO la calle ubicada en la Circunscripción I, Sección E, Fracción I, entre las Parcelas 7c, 7d, 8 y 10c, de Villa Taurel de Capilla del Señor.-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Diciembre de dos mil siete.-

Registrada Bajo el N° 103/07.-

 

Ordenanza Nº 102/07 – Modif. Art. 2º Ord. 47-97 (supermercados)

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Modificase el artículo Nº 2 de la Ordenanza Municipal Nº 47/97 el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo Nº 2: Autoservicios: serán encuadrados bajo está denominación, aquellos que tengan como forma habitual de ventas el sistema de autoservicio, que cuenten con una una superficie máxima de salón de ventas y exposición, de seiscientos (600 m2), sin límite de números cajas registradoras.

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Diciembre de dos mil siete.

Registrada Bajo el N° 102/07.

 

Ordenanza Nº 101/07 – Presupuesto2007

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a la creación de Créditos Suplementarios del Cálculo de Recursos del Ejercicio 2007 por el excedente de recaudación del total calculado para el Ejercicio en concepto de Recursos Ordinarios no Afectados.-

Artículo 2°:
El excedente de recaudación mencionado en el Artículo 1 deberá realizarse contra la sumatoria de las partidas en más y en menos que se detallan como Anexo 1, en función al Estado Analítico de la Ejecución del Cálculo de Recursos realizado por el Departamento Ejecutivo al 30 de Noviembre de 2007.-  

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo imputará el excedente de recaudación a las partidas contables del Cálculo de Recursos de acuerdo a lo que se detalla en el Anexo 2 del presente proyecto.-  

Artículo 4°:
El Departamento Ejecutivo procederá a la implementación de las partidas del Presupuesto de Gastos de acuerdo a lo que se detalla en el Anexo 3 del presente proyecto.-  

Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo podrá utilizar los créditos suplementarios del Cálculo de Recursos por los excedentes de recaudación que se produzcan durante el mes de Diciembre de 2007.-

Artículo 6°: El Departamento Ejecutivo deberá informar a este Honorable Cuerpo antes del 15 de Enero de 2008 los excedentes derecaudación producidos durante el mes de Diciembre a efectos de tomar conocimiento de los mismos.-
 
Artículo 7°:
Cúmplase, comuníquese, desé al registro de Decretos y archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Diciembre de dos mil siete.

Registrada Bajo el N° 101/07.

 

Ordenanza Nº 100/07 – Cambio Normativo de Zonificación

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Capilla del Señor:

Artículo 1°:  Desaféctase de la Zona Residencial Exclusiva Extraurbana (XREbb) de la Localidad de Capilla del Señor a los predios denominados catastralmente como: Circ. II, Sección R, Parcelas 415d, 415c, 415f, 428, 429, 430, 432, 433, 434, 435, 486, 487, 488, 489, 565, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, 603 (excluido su frente a Ruta Nº 39) el cual se encuentra afectado a zona XEVb); parcelas 1193 a, 1215, 1237, 1238a, 1251, 1252a, 1252b, 1254, 1255, 1256a, 1256b, 1258a, 1258b, 1258c, 1258d, 1258e, 1258f, 1258g, 1258h, 1258i, 1258j, 1259a, 1259b, 1259c, 1259d, 1260a, 1260b, 1260c, 1260d, 1260e, 1261a, 1261b, 1261c, 1261d, 1262a, 1262b, 1262c, 1262d, 1263b, 1263c, 1263d, 1263e, 1263f, 1265a, 1265b, 1265c, 1265d, 1266, 1267, 1269, 1270, 1271, 1272, 1273, 1274, 1276a, 1352, 1353, 1354, (excluido 200mts. con frente al Camino a Diego Gaynor, manteniendo el uso existente).

Articulo 2°:  Aféctase a Zona Agropecuaria (ZA) de la Localidad de Capilla del Señor a los predios mencionados en el artículo que antecede.-

Artículo 3°:  Desaféctase de la Zona Agropecuaria (ZA) a los predios designados catastralmente como: Circ, 3, Sección Rural, Parcelas 559(parte), 562, 563, 573 (parte), 575 (parte).-

Artículo 4°:  Incorpórase a Zona Residencial Exclusiva Extraurbana (XREbb) lindera, a los predios mencionados en el artículo que antecede.-

Artículo 5°:  Desaféctase de la Zona Reserva Ampliación Urbana (ZRAU) de la Localidad de Capilla del Señor a los predios denominados catastralmente como: Circ. I, Sección C, Chacra 1, parcelas 3, 4 y 5; Chacra 2, parcelas 12,13, 23, 24, 25 y 26.-

Artículo 6°:  Aféctase a la Zona Residencial Dominante (RDb1) de la Localidad de Capilla del Señor a los predios mencionados en el artículo que antecede.-

Artículo 7º:
 Desaféctase de la Zona Residencial Dominante (RDb2) a los predios designados catastralmente como: Circ. I, Sección C, Manzana 60 y chacra 6, Fracción I, Parcela 1a.-

Artículo 8º:  Aféctase a la Zona Residencial Industrial (RIb2) de la Localidad de Capilla del Señor a los predios mencionados en el artículo que antecede.-

Artículo 9:  Desaféctase de la Zona Residencial Dominante (RDb5) a los predios designados catastralmente como: Circ, I, Sección E, Manzanas 19, 20, 21, 22 y 23.-

Artículo 10:
 Aféctase a Zona Agropecuaria (ZA) de la Localidad de Capilla del Señor a los predios mencionados en el artículo que antecede.-
 
Localidad Parada Robles:

Artículo 11°:  Se establece para los predios denominados catastralmente como: Circ. III, parcelas 644b, 644c, 644d, 645b, 645c, 646, 668 c, 668d, 668e, 668f, 668g, 671 a, 672, 673, 674, 675, 693d, 694, 694b, 695 a, 710b, 714 a, 715 a, 716, 717 a, 717b, 718, 719, Circ. IV, Parcelas 723, 724 a, 726 a, 727 a, 725 a, 725 d, 734 a, 734 b, 735, 736a, 736 b, 736 c, 736 d, 737, 738, 739, 740, 741, 756, 757, 758 a, 758 b, 767 a, 768 a, 768 b, 769 a, 771 a, 771 b, 774 k, 1430b, 1430c, 1458a, 1458b, 1471d, 1471e, 1471f, 1466a, 1466b, los siguientes indicadores urbanísticos:

Subdivisión del suelo:
Lote mínimo para nuevas subdivisiones
Lote mínimo para nuevas subdivisiones
Frente mínimo: 40 metros
Superficie: 5.000mts2.

Solo se podrá admitir un 20% de la superficie total, parcelas de dimensiones actuales para la zona XREbb, cuando el emprendimiento cerrado supere las 100has.

El resto de los indicadores mantendrán los índices urbanísticos establecidos en el Código de Ordenamiento Territorial – Ordenanza 60/97 y sus modificatorias.

Localidad Pavón- La Lata:

Artículo 12°:  Desaféctase del Area Urbana, Zona Residencial Dominante (RDb1) de la localidad de Pavón a los predios denominados catastralmente como: Circ. II, Secc P, manzanas 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84; Manzana 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 139 y 140; Circ V, Sec. M, manzanas 1,2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22; Fracción I y II.-

Artículo 13°:  Aféctase a la Zona Agropecuaria de la localidad de Pavón a los predios citados en el artículo que antecede.-

Localidad Los Cardales:

Artículo 14°:  Incorpórase la parcela 1861 de la Circunscripción II, al artículo 8° de la Ordenanza 84/04, (zona: Eje comercial densidad baja – EC1).-

Localidad Diego Gaynor:

Artículo 15º:  Desaféctase de Zona Reserva Ampliación Urbana (ZRAU) a los predios designados catastralmente como: Circ. VI, Sección B, Chacra 2, Parcelas 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23.-

Artículo 16º:  Aféctase a Residencial Comercial de densidad baja (RCb1) a los predios citados en el artículo que antecede.-

Turismo:

Artículo 17°:  Créase la figura denominada Zona Turística o Distrito Turístico, según se trate de zonas o bienes particulares respectivamente. Dicha figura podrá implementarse en cualquiera de la áreas del partido.-

Artículo 18°:
 Todos aquellos bienes muebles o inmuebles, localizados en las Areas Urbana, complementaria o Rural, que tengan particularidades ambientales, paisajísticas, o características histórico patrimoniales, arquitectónicas o simbólicas, según lo dispuesto en artículo 3.4.3.5.4. y 4.1.5.4 del COT, podrán ser habilitados como establecimientos turísticos.-

Conceptos Generales:

Artículo 19º: Toda propuesta de carácter urbanístico, localizado sobre Ruta Nacional N° 8 y Parada Robles, que no se enmarque en la normativa vigente, deberá ser sometida a evaluación por parte de la oficina de incumbencia en la materia, a nivel municipal y provincial, mediante un estudio particularizado del sector.

Artículo 20º:  Incorpórase el siguiente texto, a la referencia número 9, del Cuadro General de Usos, del Artículo 35°, Ordenanza 84/04, Decreto Pcial. N°355/06, la cual quedará redactado de la siguiente manera:

Solo se podrán habilitar locales de hasta 50 m2 de superficie cubierta por parcela.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Noviembre de dos mil siete.-

Registrada Bajo el N° 100/07.-

Ordenanza Nº 099/07 – Aut. D.E. afectación ingresos ATN y ATP

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a la Afectación de los ingresos percibidos en concepto de A.T.N. ( Aporte del Tesoro Nacional ) y A.T.P. (Aporte del Tesoro Provincial) a las obras de infraestructura que a continuación se detallan:

OBRA AMPLIACIÓN HOSPITAL SAN JOSÉ
OBRA CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS
OBRA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS
OBRA CORDON CUNETA
OBRA AMPLIACIÓN RED AGUA CORRIENTE CAPILLA DEL SEÑOR
OBRA AMPLIACIÓN RED AGUA CORRIENTE PARADA ROBLES.-

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo procederá a la Ampliación de las Partidas en el Cálculo de Recursos que se detallan como Anexo I de la presente ordenanza.-

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a la Ampliación de las Partidas del Presupuesto de Gastos que se detallan como Anexo 2 de la presente ordenanza.-

Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dése al registro de Decretos y archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Noviembre de dos mil siete.-

Registrada Bajo el N° 099/07.

 

Ordenanza Nº 098/07 – Condecer a Sra. Azzalini gloria permiso para puesto de flores

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Concédase a favor de la Sra. GLORIA ELISABET AZZALINI D.N.I. Nº 17.428.892 el permiso precario de uso de espacio Público para la explotación del puesto de flores que actualmente Funciona en las adyacencias del Cementerio Municipal.-

Artículo 2°: Fíjase en un año el término del permiso otorgado, contados a partir de la sanción de la presente Ordenanza.-

Artículo 3°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Noviembre de dos mil siete.-

Registrada Bajo el N° 098/07.-

 

Ordenanza Nº 097/07 – Decl. Int. Mun. Obra El Fantasma de Canterville del Inst. Estrada

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal a la Comedia Musical “ El Fantasma de Canterville” con la participación de alumnos y ex alumnos del Nivel Polimodal del Instituto José Manuel Estrada de Capilla del Señor Partido de Exaltación de la Cruz el cual se realizara los días 16 y 23 de Noviembre de 2007 en el Salón Roma.-  

Artículo 2°:
De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Noviembre de dos mil siete.-

Registrada Bajo el N° 097/07.-