Category Archive 2009

Ordenanza Nº 062/09 – Eximiendo de tasas municipales a Campanini Oscar

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 102-2004, según Expediente 4036-23670/09; al inmueble designado Catastralmente como: Circunscripción I, Sección “B”, Chacra 8, Manzana 8r, Parcela 25, Partida Inmobiliaria N° 20883, Contribuyente N° 6261, Orden N° 2128, perteneciente a Campanini, Oscar Enrique.

Articulo 2°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez días del mes de Noviembre de dos mil nueva.          

María Cristina Ponce de León
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 062/2009.

Ordenanza Nº 061/09 – Escrituración CI, SA, M47, P21 Cecilia y Patricia Caballero

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 47, Parcela 21, Pda. Inmobiliaria 2758, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-21964/08, a nombre de Cecilia Paola Caballero y Patricia Soledad Caballero.

Articulo 2°: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Articulo 3°: De forma

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez días del mes de Noviembre de dos mil nueva.          

María Cristina Ponce de León
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 061/2009.

Ordenanza Nº 060/09 – Trasladar Monumento de Manuel Cruz a Plaza El Encuentro

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Trasládese el monumento recordatorio al Preceptor Manuel Cruz, a la Plaza “El Encuentro” de la localidad de Parada Robles.

Artículo 2º: De forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez días del mes de Noviembre de dos mil nueva.          

María Cristina Ponce de León
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 060/2009.

Ordenanza Nº 059/09 – Plan de pago de deuda

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Establécese un Plan de Facilidades de Pago para las Tasas  Municipales que a continuación se detallan:

a) Servicios Generales
b) Servicios Asistenciales
c) Servicios Sanitarios
d) Seguridad, Salubridad e Higiene
e) Derechos de Construcción
f) Derechos de Habilitación.

Artículo 2º: Podrán incorporarse en los beneficios de la presente Ordenanza las deudas que se registren hasta la 4º cuota de 2009 inclusive.  

Artículo 3º: Las tasas comprendidas en los incisos a), b), c), d) y f) de Articulo 1º, podrán abonarse en hasta dieciocho (18) cuotas, iguales, mensuales y consecutivas, con el interés que fije el Banco de la Provincia de Buenos Aires para operaciones del descuento comercial, sobre la deudas registrada al momento de la firma del respectivo convenio, con un valor mínimo de cuotas de $ 200.

Artículo 4º: Los Derechos de Construcción, gozarán de un financiamiento en las mismas condiciones establecidas en el artículo anterior hasta diez (10) cuotas con un valor mínimo de cuota de $ 300. Los adherentes al plan, de corresponder, deberán formalizar el compromiso de presentar los planos de obra suscriptos por profesionales matriculado en el término máximo de ciento ochenta  (180) días, bajo apercibimiento de perder los beneficios establecidos en el artículo siguiente.

Artículo 5º: Aquellos contribuyentes que ahieran y cumplan el Plan de Facilidades de Pago de la presente Ordenanza, serán eximidos del pago de los recargos y la multa por omisión fiscal que correspondan aplicarse por falta de pago o incumplimiento a los deberes formales.

Artículo 6º: Los contribuyentes de la Tasa de Seguridad, Salubridad e Higiene y derechos de Habilitación que se encuentren bajo sustanciación de actuaciones administrativa de determinación de oficio por base cierta o presunta, gozarán de una financiación de hasta en seis (06) cuotas, con el interés determinado por el Artículo 3º.

Artículo 7º: Los contribuyentes que registren deudas en gestión judicial, podrán acogerse al pago de las tasas comprendidas en el certificado fiscal y las devengadas con posterioridad, hasta en dieciocho cuotas (dieciocho) cuotas, con el interés, y el monto mínimo por el Artículo 3º. El cálculo se realizará sobre la deuda registrada al momento de la firma del respectivo convenio. Los gastos causídicos podrán abonarse las mismas condiciones establecidas para la tasa que se trate, sin interés.

Artículo 8º: La presente Ordenanza regirá desde la fecha de su promulgación, hasta el 31 de Diciembre de 2009, pudiendo el De-partamento Ejecutivo prorrogar su vencimiento hasta 120 días más. 
En caso de prorroga, durante la vigencia de la misma los beneficios establecidos por el Artículo 5º, se reducirán al cincuenta por ciento (50%) incorporándose la 5ª y 6ª cuota de 2009.

Artículo 9º: El Plan de Facilidades de Pago y sus beneficios perderán vigencia automáticamente sin necesidad de intimación ad-ministrativa, cuando el contribuyente incurra en la falta de pago de dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) alternadas del respectivo convenio.

Artículo 10º: En caso de decaimiento del Plan, los importantes que se hubieran abonado se restarán e imputarán en el siguiente orden: 1º) de los beneficios establecidos en el Artículo 5º, 2º) de los valores actualizados de la deuda mas antigua a la fecha de baja del Plan de Facilidades de Pago.

Artículo 11º: Quienes sean proveedores de la Municipalidad y registren deuda por distintas tasas comprendidas en la presente Ordenanza, deberán regularizar su situación y suscribir los respectivos convenios dentro de los 30 días posteriores a la promulgación de la presente. El Departamento Ejecutivo quedara facultado para compensar deudas de tasas y/o Derechos con los proveedores que tengan créditos pendientes de pago.

Artículo 12º: No se encuentran alcanzadas por el presente Plan de Facilidades de Pago y sus beneficios, las parcelas sobre las cuales hayan ingresado o ingrese con posterioridad, un certificado de informe de deuda  notarial. El Departamento Ejecutivo no liberará el certificado sin que se encuentre cancelada la totalidad de la deuda. Para el supuesto de existir reclamo judicial, no se liberará el certificado sin el pago de la deuda correspondiente a todas las parcelas informadas en el certificado de la deuda fiscal.

Artículo 13º: Facultase al Departamento Ejecutivo a establecer, en forma excepcional, montos de cuotas inferiores a los establecimientos en el Artículo 3º, 4º y 7º a reglamentar todos los aspectos no previstos en la presente.

Artículo 14º: De Forma.

Dado en  la sala  de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Octubre de dos mil nueve.

Registrada Bajo el N° 059/2009.

Ordenanza Nº 058/09 – Derogacion de la Ordenanza Nº 031/09 – Ordenanza Compensatoria 2008

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Compensase  las  partidas  que  forman parte integrante del Anexo I correspondientes al PRESUPUESTO DE GASTOS del Ejercicio 2008 por la suma de $ 5.499.977.02 (CINCO  MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE CON 02/100).

Artículo 2º: La compensación establecida por el artículo I deberá  realizarse contra las economías de las partidas que se detallan como Anexo 2 de acuerdo con lo establecido por el artículo 67 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 3º: Derógase la Ordenanza Nº 31/2009

Artículo 4º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Octubre de dos mil nueva.

Registrada Bajo el N° 058/2009.

Ordenanza Nº 057/09 – Declarando de Interes Municipal la Carrera de Enfermeria

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Declarase de Interés Municipal la prosecución de la Carrera Técnicatura Superior en Enfermería, que se dicta en la Municipalidad de Exaltación de la Cruz bajo la supervisión de la Región Sanitaria V, dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, en el área de capacitación de Enfermería y el Ministerio de Educación Superior.

Articulo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, para la implementación y continuidad de la carrera.

Articulo 3°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiocho días del mes de Septiembre de dos mil nueve.

Registrada Bajo el N° 057/09.

Ordenanza Nº 056/09 – Cediendo Inmueble a Lorenzo Pereyra

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Cédase en forma gratuita a favor de Marta Alicia Cabrera y de Carlos Lorenzo Pereyra, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección J, Quinta 26a, Parcela 14, Pda. Inmobiliaria 28055,  del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-21398/08.

Articulo 2°: De forma
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Septiembre de dos mil nueve.           

Registrada Bajo el N° 056/09.

Ordenanza Nº 055/09 – Escrituración CI, SM, M8, P4 Luis Enrique Villegas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

Articulo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien in-mueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección M, Manzana 8, Parcela 4, Pda. Inmobiliaria 6515, Matricula 247, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-23453/09, a nombre de Luis Enrique Villegas.

Articulo 2°:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Articulo 3°:
De forma

 

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Septiembre de dos mil nueve.           

Registrada Bajo el N° 055/09.

Ordenanza Nº 054/09 – Eximiendo de tasas municipales a Do santos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 102-2004, según Expediente 4036-23474/09 iniciado por  Do Santos, María Guillermina; al inmueble designado Catastralmente como: Circunscripción II, Sección “J”, Quinta 38, Parcela 4, Subparcela 2, Partida Inmobiliaria N° 29178, Contribuyente N° 26126, Orden N° 28706, perteneciente a Dinter, Ruben Omar (Hijo).

Articulo 2°: De Forma.Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de septiembre de dos mil nueve.

Registrada Bajo el N° 054/09.

Ordenanza Nº 053/09 – Escrituración CI, SC, M81, P15 Idelsa Beatríz Acosta

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien in-mueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 81, Parcela 15, Pda. Inmobiliaria 9408, Matricula 15736, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-23419/09, a nombre de Idelsa Beatriz Acosta.

Articulo 2°: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Articulo 3°: De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Septiembre de dos mil nueve.

Registrada Bajo el N° 053/09.