El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declarase de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles ubicados en la ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, designados catastralmente como: Circunscripción V, Sección R, Parcelas 1298m, 1298n, 1298r, 1298s, 1298u, 1298v, 1298w, y Circunscripción V, Sección R, Parcelas 1298t, inscripción de dominio al Folio Nº 34341/1912 y 1845/00, según plano característica 31-5-65, Partidas para el Impuesto Inmobiliario 16226, 16227, 16228, 16229, 16231, 16232, 16233 y 16230, respectivamente.
Artículo 2º: El inmueble a que hace referencia el artículo 1º de la prevete Ordenanza, será afectado a espacios verdes de carácter social recreativo y deportivo.
Artículo 3º: El dominio del inmueble a expropiar será transferido a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, a los efectos de destinarlo al fin previsto en el artículo 2º que antecede.
Artículo 4º: Los gastos que demanda el cumplimiento de la presente Ordenanza, serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.
Artículo 5º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Diciembre de dos mil nueve.
María Cristina Ponce de León Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el N° 091/09.