Category Archive Resoluciones 2022

Resolución Nº 24-22 – Mural EES Nº 5 Lola Mora

Expediente Administrativo N°4036-1218/22-HCD

VISTO:
Lo solicitado por el establecimiento escolar EES N°5 “Lola Mora”, mediante Nota N° 119/22, y
CONSIDERANDO:
Que, los alumnos desean dar reconocimiento y agradecimiento a la Institución “Lola Mora”, E.B.N°8 “Mariano Moreno”, Jefatura Distrital y a la comunidad.
Que, los alumnos al tener la autonomía edilicia del establecimiento secundario “Lola Mora”.
Que, los alumnos desean reafirmar lazos de sentido de pertenencia con el establecimiento educativo.
Que, los alumnos desean dar un homenaje de gratitud a todos los habitantes cercanos a la comunidad educativa.
Que, este reconocimiento será mediante la obra de un monumento/mural.

Por ello, El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCION

ARTICULO 1° SOLICITESE al Departamento Ejecutivo Municipal que desarrolle las gestiones necesarias, ante el aérea correspondiente, para el suministro de insumos y el asesoramiento para la obra de un monumento/mural alusivo al reconocimiento.-

ARTICULO 2° Comuníquese al establecimiento educativo EES N°5 “Lola Mora” del barrio San José.-

ARTICULO 3° Los vistos y considerandos forman parte de la presente Resolución.-

ARTICULO 4° DE FORMA.-

DADA, en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los quince días del mes de noviembre de dos mil veintidós .-

REGISTRADA COMO RESOLUCION N° 24/22

Resolución Nº 23-22 – Aumentar frecuencia Linea 228 Zarate Campana Cardales Lujan

Corresponde Expediente N°4036-1211/22-HCD

VISTO:
La necesidad de extender la frecuencia de la línea 228; garantizando así a los ciudadanos un servicio de transporte público de pasajeros efectivo y como parte de ello satisfacer la demanda y
CONSIDERANDO:
Que, la baja frecuencia en su recorrido, genera considerables demoras y largas filas en las paradas.
Que, de acuerdo a los usuarios esta línea funciona con importantes retrasos; y la gente espera horas en las paradas, ya que vienen completos.
Que, el crecimiento demográfico en algunos sectores, es el que se manifiesta a través de la voz de los usuarios, que solicitan poder contar con un transporte con mayor frecuencia.
Que, además la línea 228 cuenta con unidades de muchos años y suelen tener desperfectos mecánicos, como así también el interior de los mismos se encuentran muy deteriorados.

POR TODO ELLO, El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona el siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1° SOLICITESE al Departamento Ejecutivo Municipal, que desarrolle las Gestiones que sean menester, ante el aérea correspondiente, a fin de aumentar la frecuencia del servicio de transporte de pasajeros prestado por la empresa MOTSA (línea 228), en su recorrido: Zarate, Campana, Cardales, Lujan.-

ARTICULO 2° Comuníquese a la empresa mencionada en el Art.1°, a la Dirección de Transporte y al Ministerio de Transporte de la Provincia.-

ARTICULO 3° Los Vistos y Considerandos forman parte de la presente Resolución.-

ARTICULO 4° DE FORMA.-

Registrado como Resolución N°23/22.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la Ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia De Buenos Aires, al día uno del mes de noviembre de dos mil veintidós.-

Resolución Nº 22-22 – Frecuencia de colectivos Los Cardales-Robles

Corresponde Expediente N°4036-1210/2022-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACION DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

VISTO:
La imperiosa necesidad de contar con un medio de transporte directo que abarque las localidades de Cardales y Parada Robles, y

CONSIDERANDO:
Que, desde el Departamento Ejecutivo se debe garantizar un servicio de transporte público masivo en todo el territorio de Exaltación de la Cruz.
Que, la implementación de un nuevo servicio que una las localidades de Cardales y Parada Robles, brindaría la posibilidad a los habitantes de la zona de contar con un colectivo que los transporte de manera más rápida.
Que, los ciudadanos que habitan dicha zona; por motivos laborales, educativos o personales, se ven damnificados por la falta de un transporte directo que les evite tanta demora en el traslado a las distintas actividades.
Que, la petición del servicio deberá ser continua e ininterrumpida, asegurando una efectiva prestación conforme a las necesidades de los usuarios.

QUE POR LO EXPUESTO, El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1° SOLICIATASE al Departamento Ejecutivo Municipal, según el aérea que corresponda, la evaluación correspondiente ante la problemática y necesidad de contar con un colectivo de línea directa entre las localidades de Los Cardales-Parada Robles y viceversa.

ARTICULO 2° COMUNIQUESE a la Empresa Ruta Bus S.A., quien sería la prestadora de este servicio de transporte; como así también a la Dirección de Transporte y al Ministerio de Transporte de la Provincia.-

ARTICULO 3° Que los Vistos y Considerandos formen parte de la presente Resolución.-

ARTICULO 4° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la Ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, al día uno del mes de noviembre de dos mil veintidós.-

Registrado como Resolución N°22/22.

Resolución Nº 21 -22 – Frecuencia de colectivos Arroyo de la Cruz

Corresponde Expediente N°4036-1209/2022-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACION DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

VISTO:
El reclamo de vecinos de Arroyo de la Cruz respecto a contar con mayor frecuencia y ampliación de recorrido de la Empresa Ruta Bus, y

CONSIDERANDO:
Que, al día de la fecha solo cuentan cinco (5) colectivos que realizan el recorrido Capilla del Señor hasta Arturo Mateo, pasando por el barrio Arroyo de la Cruz.
Que, además los vecinos se encuentran con la problemática que el horario del recorrido no coincide con el de los colegios.
Que, la gran mayoría de los usuarios residentes en dicho barrio trabajan los fines de semana y esos días es muy reducido el recorrido.
Que, el crecimiento poblacional de la zona hace la necesidad de contar con una mayor frecuencia y amplitud del recorrido.
Que, además, sería importante que la Línea de colectivo 57 desviara su recorrido por la Ruta 192 a fin de poder acercar a los vecinos del barrio hacia Pilar.

QUE POR LO EXPUESTO, El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1° Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal, realice las gestiones necesarias ante el aérea correspondiente, para tramitar el aumento de la frecuencia del colectivo Ruta Bus SA, en su recorrido por el barrio
Arroyo de la Cruz de Exaltación de la Cruz y la posibilidad de ampliar el recorrido por las calles del mencionado barrio.-

ARTICULO 2° Solicítese a la Empresa Atlántida SA (Línea 57), la factibilidad de desviar su recorrido por la Ruta 192, en su trayecto hacia Pilar, a raíz de la ampliación de la zona urbana.-

ARTICULO 3° Comuníquese a la Empresa Ruta Bus SA, Empresa Atlántida SA, a la Dirección de Transporte y al Ministerio de Transporte de la Provincia.-

ARTICULO 4° Que los Vistos y Considerandos formen parte de la presente Resolución.-

ARTICULO 5° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la Ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, al día uno del mes de noviembre de dos mil vientidos.-

Registrado como Resolución N°21/22.-

 

Resolución Nº 20-22 – Indicación calle La Madrid Capilla del Señor

Corresponde Expediente Nº 4036-1201/2022-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1° Requerir al Departamento Ejecutivo Municipal la instalación de un cartel que indique el nombre de la calle Lamadrid y su altura desde la calle 25 de Mayo hasta la calle Lavalle.-

ARTÍCULO 2° Requerir al Departamento Ejecutivo realizar la gestión correspondiente a fin de que la calle Lamadrid sea indicada en los GPS tales como Google Maps y otras aplicaciones.-

ARTÍCULO 3° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, al día uno del mes de noviembre de dos mil veintidós.-

Registrado como Resolución N°20/22.-

Resolución Nº 19-22 – Denegar Zonificación Granja y Estancia Doña SARA

Corresponde Expediente N°4036-1202/2022-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1° DENEGAR la Excepción al Código de Zonificación solicitado por la Sociedad GRANJA Y ESTANCIAS DOÑA SARA S.A. mediante nota N°106/2022.-

ARTICULO 2° EXHORTAR al Intendente Municipal a adoptar las medidas necesarias para lograr el cese inmediato de  actividades de la referida granja y de ser posible lograr su relocalización en una zona acorde al tipo de explotación de que se trata.-

ARTICULO 3° NOTIFICAR de la presente Resolución al Juzgado de Faltas Municipal,
para su conocimiento y para que adopte las medidas correspondientes,
para garantizar el cumplimiento de las normas municipales.- .

ARTICULO 4° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la Ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil veintidós.-

Registrado como Resolución N°19/22.-

Resolución Nº 18 -22 – Pedido a Ceparal de poda y cambio de postes

Corresponde Expediente N°4036-1200/2022-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACION DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

VISTO:
Que, la Cooperativa Eléctrica CEPRAL está realizando podas en las zonas de su incumbencia.
Que, las ramas rozan los cables de electricidad y generan cortocircuito, microcortes y hasta cortes totales de energía.

CONSIDERANDO:
Que, la mayoría de los lugares donde se realizan estas podas las ramas quedan por meses tiradas en el lugar.
Que, puede generarse un basural ya que muchos lo ven como lugar de depósito de desechos.
Que, no contribuye a la seguridad del lugar.
Que, mucho de los postes se ven torcidos, inclinados o a punto de caerse.

POR TODO ELLO, El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1° ENCOMIENDESE al Departamento Ejecutivo Municipal, le solicite a la Coopertativa CEPRAL que al realizar y programar la poda también realice y programe su retiro inmediatamente.-

ARTICULO 2° Solicitar a la Cooperativa CEPRAL la reparación o reemplazo de  Postes rotos o en malas condiciones.-

ARTICULO 3° Los Vistos y Considerandos forman parte de la presente Resolución.-

ARTICULO 4° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la Ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil veintidós.-

Registrado como Resolución N°18/22.-

Resolución Nº 17 -22 – Solicitar a desarrolladores biodigestores, reforestar y soterrar

Corresponde Expediente N°4036-1195/2022-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACION DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

VISTO:
Que, en nuestro Distrito se vienen desarrollando loteos y emprendimientos inmobiliarios.

CONSIDERANDO:
Que, la mayoría de los lugares donde se realizan estos emprendimientos no cuentan con los servicios de cloaca y agua potable.
Que, los pozos ciegos son, entre otros, los responsables de contaminar las napas.
Que, en el Distrito todavía es potable el agua de pozo.
Que, las tierras utilizadas para estos emprendimientos en su mayoría fueron utilizadas para siembra y no fueron reforestadas.
Que, los servicios de electricidad, cable e internet son brindados mediante cableado y posteado.

POR TODO ELLO, El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1° ENCOMIENDESE al Departamento Ejecutivo Municipal, y al área correspondiente solicitarle a todos los emprendedores y desarrolladores de loteos y barrios lo siguiente:
a.- Utilizar biodigestores o similar en vez de pozos ciegos.
b.- Reforestar, plantar árboles autóctonos, trabajando en conjunto con el asesoramiento del Vivero Municipal.
c.- Soterrar, dentro de las posibilidades, todo tipo de cableado evitando así el posteado y futuros inconvenientes.-

ARTICULO 2° Los Vistos y Considerandos forman parte de esta Resolución.-

ARTICULO 3° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la Ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil veintidos.-

Registrado como Resolución N°17/22.-

Resolución Nº 16 -22 – Extracción de arboles en casco urbano Capilla y Los Cardales

Corresponde Expediente N°4036-1187/2022-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACION DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCION

VISTO:
La Facultades conferidas a los Concejales y al Concejo por la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento Interno.

CONSIDERANDO:
Que, la apariencia del casco urbano de Capilla del Señor y en Los Cardales ha sido modificado por la realización de obra pública, lo cual ha implicado que varios árboles de larga data fueran extraídos de sus lugares de manera tal que su ciclo de vida ha sido terminado de manera irreparable.
Que, la extracción no se limita a pocos árboles, sino que al momento varias decenas han sido afectados, y que la falta de los mismos traerá aparejadas consecuencias negativas con respecto al medio ambiente y la manera en que los habitantes de estas zonas perciban los cambios climáticos.
Que, el avance de la obra pública no puede significar el reemplazo total de los árboles de las mencionadas localidades por solamente cemento.
Que, por las acciones emprendidas actualmente se verá un empobrecimiento de la calidad de vida de los vecinos si no se emprende como contra medida el reemplazo de los seres vegetales extraídos.
Que, estas extracciones han ocurrido de manera sistemática y a una escala considerable en la Avenida Belgrano de Los Cardales, la calle Moreno también de Los Cardales y la calle Balcarce de Capilla del Señor.
Que, las nombradas arterias son de gran tránsito, su ubicación es céntrica en las localidades nombradas y que el número de habitantes por metro cuadrado en estos puntos son los de más alta densidad poblacional de nuestro Distrito.
Y que la extracción de estos ejemplares ha generado un malestar generalizado en la población debido a la falta de información con respecto a la problemática planteada y el cambio cultural generado en nuestros vecinos que ha devenido en una revalorización y puesta en importancia con respecto a respetar la existencia de árboles y plantas para que el ciclo climático e hidrológico no se vea afectado negativamente.
Es que, con la urgencia propia de la situación relatada, REQUERIMOS al Departamento Ejecutivo que, dentro de los próximos 5 días hábiles remita Informe explicando detalladamente: a) Cuantos ejemplares se han extraído del casco urbano de Capilla del Señor y Los Cardales en los últimos dos años; b) ¿Qué acciones y políticas de estado municipal se están desarrollando para el reemplazo de los ejemplares perdidos por las obras iniciadas? c) ¿Qué acciones están previstas a fin de subsanar el daño generado al ecosistema? d) Criterios utilizados para el reemplazo adecuado de la población de árboles afectados.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la Ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, a los dieciocho días del mes de octubre de dos milveintidós.-

Registrado como Resolución N°16/22.-

Resolución Nº 15 -22 – Arreglo calles Arroyo de la Curz

Corresponde Expediente N°4036-1197/2022-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACION DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

VISTO:
Los reiterados reclamos de los vecinos de Arroyo de la Cruz respecto al estado de las calles del barrio, y:

CONSIDERANDO:
Que, es responsabilidad del Departamento Ejecutivo Municipal el mantenimiento y arreglo de las calles del distrito.
Que, dicho barrio ha crecido en forma sostenida en los últimos años, con lo cual el transito es constante,
Que, esta problemática que aqueja a los vecinos es de larga data y la mayor preocupación es el riesgo existente para los vehículos y transeúntes.
Que, la intransitibilidad de las calles en época de sequía y durante y posterior a las precipitaciones, pone en riesgo la integridad de quienes circulan por ellas.
Que, es prioritario las calles Cardenal, Urraca y La Paloma, por las cuales circulara a futuro una línea de colectivos.

POR TODO ELLO, El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1° SOLICITESE al Departamento Ejecutivo Municipal, puede arbitrar a través del área correspondiente, las medidas necesarias para el arreglo de las calles del barrio Arroyo de la Cruz, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTICULO 2° ESTABLESCASE un programa que permita el mantenimiento de las calles, a fin de que se encuentren en condiciones óptimas de transitibilidad.-

ARTICULO 3° Que los Vistos y Considerandos formen parte de la presente Resolución.-

ARTICULO 4° DE FORMA.-


DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la Ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, a los cuatro días del mes de octubre de dos mil vientidos.-

Registrado como Resolución N°15/22.-